Resolvámoslo de una vez por todas: ¿se puede comer o fumar mientras se conduce?
Esto es lo que dice el Reglamento General de Circulación
Penélope O. Álvarez | Mallorca, 20 de Noviembre de 2024 | 11:12h

Comer, beber o fumar mientras se conduce en España es una de esas cuestiones que suelen generar confusión entre los conductores. Aunque no existe una prohibición específica en el Reglamento General de Circulación (RGC), estas prácticas pueden suponer una sanción, dependiendo de cómo se interprete la situación.
¿ESTÁ PROHIBIDO BEBER O COMER MIENTRAS SE CONDUCE?
Según el artículo 13.2 del RGC, un conductor debe estar en todo momento en condiciones de controlar su vehículo. Esto implica que acciones como beber agua o comer algo, que requieren soltar el volante, podrían considerarse infracciones. Si un agente de tráfico interpreta que estas acciones afectan al control del vehículo, la multa puede variar entre:
- 80 euros si se considera una infracción leve.
- 200 euros si la acción pone en peligro la seguridad vial, calificándose como negligencia.
La Dirección General de Tráfico (DGT) subraya que estas acciones no están explícitamente prohibidas, pero sí desaconsejadas. Para evitar problemas, si necesitas comer o beber, lo mejor es detener el vehículo en un lugar seguro y habilitado para ello.
¿Y FUMAR?
El acto de fumar tampoco está expresamente prohibido en la normativa vial, pero puede acarrear sanciones si supone una distracción o dificulta el manejo del vehículo. Según la DGT, encender un cigarrillo mientras se conduce a 100 km/h implica recorrer unos 113 metros sin prestar atención al control del coche, una situación de alto riesgo.
El Reglamento General de Circulación, en sus artículos 3 y 18, exige que el conductor mantenga plena atención y libertad de movimientos al volante. Si un agente considera que fumar afecta a estos principios, podría imponer una multa de 200 euros.
Además, el Gobierno de España trabaja en un Plan Integral de Prevención y Control del Tabaquismo 2022-2025, que incluye la prohibición de fumar en vehículos, especialmente si viajan niños o mujeres embarazadas. Por el momento, esta medida no está en vigor, pero refuerza la tendencia a limitar el consumo de tabaco en espacios privados y públicos.
LAS DISTRACCIONES AL VOLANTE
Las distracciones son responsables del 30% de los accidentes mortales en España. Aunque el uso del móvil o manipular el navegador son las distracciones más conocidas, actos cotidianos como comer, beber o fumar también representan un peligro significativo.
En resumen, mientras que no existe una prohibición directa para estas acciones, sí pueden ser motivo de multa bajo criterios como negligencia o falta de control del vehículo. Si no quieres correr riesgos, lo más adecuado es hacer una parada para satisfacer cualquier necesidad.







