La muerte de la mujer asesinada en Palma por su marido fue "de origen violento y homicida"

EP | 10/05/2022

La médico forense especialista en valoración del daño asegura que la muerte de la mujer, presuntamente asesinada por su marido tras propinarle numerosos puñetazos y una patada en la cara, fue "de origen violento y homicida", es decir, "implicaba la participación de una tercera persona".

La víctima falleció a causa de un traumatismo cranoencefálico "severo, muy violento y de muy alta intensidad", ha explicado la testigo, que ha declarado que "lo más llamativo" de las pruebas de imagen que el hospital realizó a la mujer era "el gran traumatismo" que presentaba en la cabeza.

La Audiencia Provincial de Baleares ha finalizado este martes la segunda sesión del juicio con jurado popular contra el hombre de 56 años acusado de un delito de asesinato y otro de malos tratos, tras propinarle supuestamente una paliza a su esposa en el piso de Palma en el que ambos convivían junto a un amigo común, provocando que cayera y se golpeara fuertemente la cabeza. Días después, la víctima falleció en el hospital.

Durante su declaración, la especialista ha recordado que en 2011, casi diez años antes de los hechos que se juzgan --ocurridos en 2020--, la mujer tuvo que ser intervenida por un traumatismo con estallido del globo ocular "producido por la misma persona", es decir, el acusado.

Además, ha señalado que la víctima sufría una patología que afectaba a la coagulación de la sangre pero que, pese a dicha enfermedad, "el desenlace era esperable que fuera fatal porque el traumatismo era muy severo".

Por su parte, la médico forense que valoró al acusado en el momento de los hechos ha indicado ante el jurado que no presentaba alteraciones psicopatológicas. "No se observó ninguna alteración, sus estados cognitivo y mental eran compatibles con la normalidad, por lo que se consideró que podía prestar declaración", ha continuado.

Asimismo, ha manifestado que, durante la valoración, el hombre se señaló dos pequeñas excoriaciones --arañazos-- en el codo y en la ceja, pero se trataban de "lesiones inespecíficas que se pueden producir por rozamientos o el rascado propio".

"Él decía que habían sido producidas por su mujer, pero eso no lo podemos afirmar", ha concluido la doctora.

PIDEN 26 AÑOS DE CÁRCEL PARA EL VARÓN

Los hechos se remontan al 13 de julio de 2020, sobre las 10.00 horas, cuando el acusado mantuvo una fuerte discusión con la mujer porque él había cogido sin su consentimiento el teléfono de ésta y 50 euros en metálico la noche anterior.

Durante la discusión, el procesado supuestamente propinó un fuerte golpe con la mano abierta a la víctima en la cara, provocando que la misma cayera de la silla donde estaba sentada. Posteriormente, continuó pegando a su esposa, todavía en el suelo, recibiendo al menos entre cinco y diez puñetazos.

Transcurrido un tiempo, se incorporó "aturdida" y se dirigió a la cocina. Una vez allí se agachó y, de forma sorpresiva y sin que la víctima pudiera defenderse, el hombre le propinó una fuerte patada en la cara, provocando una nueva caída que derivó en un fuerte golpe en la parte trasera de su cabeza, iniciándose un nuevo sangrado más intenso que el anterior.

La mujer fue trasladada a Son Espases y sobre las 17.35 horas sufrió un rápido deterioro del nivel de consciencia, por lo que tuvo que ser intervenida quirúrgicamente de urgencia, quedando ingresada en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI). Nueve días después, el 21 de julio de 2020, la víctima falleció.

El Ministerio Público considera los hechos constitutivos de un delito de asesinato y otro de malos tratos, por lo que pide para el varón la pena de 25 años de prisión por el primero y de un año por el segundo. La Acusación Particular se adhiere a la petición de Fiscalía, teniendo también en cuenta los agravantes de género, reincidencia y de parentesco. Por su parte, la defensa pide la libre absolución de su representado.

Cabe recordar que el hombre fue condenado en marzo de 2019 por un delito de malos tratos a penas de trabajos en beneficio de la comunidad, privación del derecho a la tenencia y porte de armas y prohibiciones de acercamiento y de comunicación. Asimismo, se le privó de libertad por esta causa desde el 14 de julio de 2020, cuando se encontraba residiendo temporalmente con la víctima, de 52 años de edad, en el mencionado domicilio del amigo que ambos tenían en común.

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