Piden prisión para una acusada de desviar fondos de una empresa de prendas de lujo de Puerto Portals

Esther Ballesteros | 19/08/2020

Fachada de la Audiencia Provincial y el TSJIB

La Fiscalía reclama dos años de cárcel para una mujer acusada de desviar fondos de una conocida empresa del sector de las prendas de lujo de Puerto Portals, frustrando con ello los pagos que reclamaban varios acreedores de la mercantil. La procesada, sin embargo, niega tajantemente los hechos y asegura que era su socio quien, en realidad, administraba la sociedad, tomaba las decisiones y deseaba situarse fuera del foco de la Agencia Tributaria.

En su escrito de acusación, al que ha tenido acceso Crónica Balear, el Ministerio Público pide que indemnice con el pago total de más de 22.000 euros a una mercantil a la que supuestamente no pagó por el suministro de artículos textiles, así como a un trabajador al que había contratado para que se encargara de la contabilidad de su empresa y quien habría dejado de cobrar -hasta ser finalmente despedido- a raíz de la falta de la capacidad económica de la acusada. La Fiscalía le acusa de un delito de alzamiento de bienes.

Según relata la acusación, la mujer constituyó la empresa junto a su socio a mediados de 2011. En sus calificaciones, la Fiscalía apunta a que, aprovechando su condición de administradora única de la mercantil y su pleno control de la misma, llevó a cabo multitud de operaciones que abocaron a la entidad a la precariedad.

Entre tales hechos, el Ministerio Público sostiene que cobró prendas en efectivo que no contabilizó, usó datáfonos de otras tiendas de su propiedad y traspasó a estas mercancía ya facturada a la empresa.

La Fiscalía señala que, ante la imposibilidad de hacer frente a las deudas contraídas como consecuencia del "vaciado del patrimonio social" llevado a cabo, la acusada se vio obligada a reintegrar a la empresa 167.150 euros en virtud de un acuerdo alcanzado en un Juzgado de lo Mercantil, después de que la mercantil entrase en concurso necesario y se declarase la existencia de ventas no contabilizadas por valor de hasta 423.000 euros.

La juez que instruyó la causa archivó, sin embargo, el delito de apropiación indebida del que la mujer también venía siendo acusada: tanto la Fiscalía como la acusación particular -ejercida por la mercantil que resultó supuestamente perjudicada por el impago de la mercancía suministrada- le acusaban de quedarse con fondos y prendas de la empresa de ropa. Tras recurrir ambas acusaciones el archivo, la Audiencia Provincial confirmó el sobreseimiento al estimar que no existían indicios de que la acusada hubiera llevado a cabo apropiación alguna.

La acusada pide su absolución y asegura que ella no administraba la empresa de Puerto Portals

La procesada, defendida por el abogado Jaime Campaner, sostiene que la mercantil fue constituida por testaferros de su socio y que fue a petición de éste como ella accedió a ser administradora de derecho "puramente formal" de la entidad. Es más, asevera que era él quien realmente administraba la empresa y quien ostentaba el dominio de hecho: "existía, pues, un único administrador y lo era de hecho".

No sólo eso. Asegura que la intención del empresario era sustraerse de sus obligaciones tributarias y, de hecho, subraya que durante el periodo objeto de acusación el empresario y sus sociedades se hallaban investigados por la Inspección Tributaria. Fruto de esa inspección, abunda, llegó incluso a ser condenado por un delito contra la Hacienda Pública.

En su escrito de defensa, el letrado de la acusada recalca que uno de los factores determinantes del concurso de la entidad fue, "sin duda, el leonino precio" que su socio, como administrador también de una empresa inmobiliaria, "fijó unilateralmente" por el arrendamiento del local donde la mercantil de prendas de lujo desarrollaba su actividad: "a saber, 25.000 euros sin impuestos". Ante tales circunstancias, el abogado pide la libre absolución de su patrocinada.

Por su parte, la acusación particular reclama para la inculpada dos años y nueve meses de prisión por un presunto delito de insolvencia punible así como responsabilidades civiles que suman más de 46.000 euros.

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