Descubre si en tu profesión se permite la jubilación antes de los 60 años
Cada colectivo está regulado por leyes específicas que contemplan los coeficientes reductores en función de las condiciones de cada trabajo
Penélope O. Álvarez | 09/10/2024
En España, la Seguridad Social ofrece a los trabajadores la opción de acceder a la jubilación anticipada, permitiendo adelantar su retiro hasta cuatro años antes de la edad ordinaria de jubilación. Esta opción depende de la modalidad que el trabajador elija, ya sea voluntaria o forzosa. Sin embargo, aunque no es muy conocido, es posible acceder a la jubilación anticipada mucho antes de los 60 años, lo que ha llevado a muchos empleados a preguntarse qué profesiones permiten jubilarse a los 52 años y recibir el 100% de la pensión.
ACCESO A LA JUBILACIÓN ANTICIPADA
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) reconoce ciertos colectivos profesionales que pueden acceder a la jubilación desde los 52 años. No obstante, este beneficio no es generalizado y está reservado solo a aquellos que desempeñan trabajos considerados de naturaleza penosa, peligrosa o tóxica, lo que justifica un retiro más temprano. Este adelanto responde a las condiciones adversas de sus puestos, que suelen conllevar un deterioro físico o mental superior al de otras profesiones. A pesar de esto, existen gremios como la Policía Nacional o la Guardia Civil que, a pesar de reclamar la jubilación anticipada, todavía no tienen derecho a retirarse a los 52 años.
REQUISITOS Y PROFESIONES PARA JUBILARSE ANTES DE LOS 60
Para beneficiarse de la jubilación anticipada a partir de los 52 años, es necesario cumplir con varios requisitos. Estos incluyen estar inscrito en la Seguridad Social en una situación de alta o asimilada al alta, pertenecer a una de las profesiones reguladas por la ley para acceder a este tipo de retiro y, además, haber cotizado un mínimo de 15 años en uno de los regímenes contributivos de la Seguridad Social. Además de esto, se debe cumplir con el periodo de cotización específico que se establezca para cada profesión o sector.
Recientemente, la Seguridad Social ha firmado acuerdos con agentes sociales, sindicatos y patronales para mejorar las condiciones de jubilación anticipada en varias profesiones. Las siguientes profesiones ya cuentan con la posibilidad de jubilarse a partir de los 52 años, cobrando el 100% de su base reguladora, siempre que se cumplan los requisitos específicos.
1. Trabajadores del sector minero
Los trabajadores incluidos en el Estatuto Minero tienen derecho a jubilación anticipada aplicando coeficientes reductores que oscilan entre el 0,05 y el 0,5. Estos coeficientes dependen de los años trabajados y del tipo de labor realizada. Un ejemplo práctico sería un minero que haya trabajado 20 años y cuente con un coeficiente de 0,50, lo que le permitiría jubilarse 10 años antes de la edad de jubilación ordinaria que le corresponda. Los coeficientes reductores están diseñados para compensar los riesgos inherentes y las condiciones extremas a las que se enfrentan estos trabajadores a diario.
2. Personal de vuelo en trabajos aéreos
El Real Decreto 1559/1986 regula que los pilotos y segundos pilotos tienen un coeficiente reductor del 0,4, mientras que otros profesionales del sector, como mecánicos de aeronaves, fotógrafos aéreos y operadores de medios tecnológicos, cuentan con un coeficiente del 0,3. Estos coeficientes se aplican debido a la alta tensión física y mental a la que están sometidos estos profesionales, lo que justifica un retiro temprano.
3. Trabajadores ferroviarios
El trabajo en el sector ferroviario también tiene derecho a jubilación anticipada, con coeficientes que varían entre 0,10 y 0,15 dependiendo de la tarea específica dentro de este sector. El Real Decreto 2621/1986 regula estas disposiciones, y los trabajadores pueden adelantar su retiro en función de su tipo de actividad, que en muchos casos incluye trabajo nocturno, turnos rotativos o condiciones de aislamiento, todos ellos factores que pueden comprometer la salud.
4. Artistas
Cantantes, bailarines y trapecistas pueden acceder a la jubilación anticipada a los 60 años, sin que su pensión sufra reducciones, siempre y cuando hayan trabajado un mínimo de 8 años en los últimos 21 años. Otros profesionales del ámbito artístico, como actores, pueden acceder a la jubilación anticipada a los 60 años, pero con una reducción del 8% por cada año que adelanten su retiro respecto a la edad legal de jubilación.
5. Profesionales taurinos
Los matadores, rejoneadores y novilleros pueden jubilarse anticipadamente a los 55 años si han participado en al menos 150 festejos taurinos. Los banderilleros y picadores, por su parte, necesitan haber participado en 200 festejos, mientras que los puntilleros requieren 250. En el caso de los mozos de estoque y otros ayudantes, pueden retirarse a los 60 años con una reducción del 8% por cada año adelantado. Estos coeficientes están recogidos en el Real Decreto 2621/1986.
6. Bomberos
El Real Decreto 383/2008 establece un coeficiente reductor para los bomberos, aplicable desde los 60 años. Sin embargo, si un bombero ha cotizado al menos 35 años, el coeficiente se puede aplicar desde los 59 años, permitiéndoles así un adelanto en su jubilación. Los bomberos enfrentan riesgos físicos significativos y exposición constante a situaciones peligrosas, lo que justifica esta medida.
7. Policía Autonómica Vasca (Ertzaintza)
Los agentes de la Ertzaintza tienen derecho a jubilarse aplicando un coeficiente reductor del 0,20, que se puede aplicar desde los 60 años, o a partir de los 59 años si han cotizado más de 35 años.
8. Policías locales
Los policías locales también disfrutan de un coeficiente reductor del 0,20, lo que les permite adelantar su jubilación hasta cinco años antes de la edad legal. En caso de haber cotizado 36 años o más, pueden adelantar su retiro hasta seis años.
9. Trabajadores del mar
El Real Decreto 1311/2007 regula las condiciones para los trabajadores del sector marítimo, aplicando coeficientes reductores que oscilan entre el 0,10 y el 0,40 dependiendo del tipo de labor que realicen. Estos coeficientes permiten a estos trabajadores adelantar su jubilación hasta un máximo de 10 años, en función de los riesgos y condiciones extremas a las que se enfrentan en su labor diaria en alta mar.
Es importante destacar que cada uno de estos colectivos está regulado por leyes específicas que contemplan los coeficientes reductores en función de las condiciones particulares de cada trabajo. Estas leyes buscan equilibrar la vida laboral y la salud de los trabajadores, permitiendo un retiro adecuado a las características de cada profesión.