Bono Alquiler Joven en Baleares 2026-2027: plazos, requisitos y cómo solicitar la ayuda
El Govern balear abrirá en septiembre el plazo para optar a la subvención
Penélope O. Álvarez | Mallorca, 02 de Julio de 2026 | 11:42h

El Govern balear abrirá el próximo mes de septiembre el plazo de solicitudes para la nueva convocatoria del "Bono Alquiler Joven" para los años 2026 y 2027, una línea de ayudas dotada con un presupuesto de 4,8 millones de euros de fondos estatales que concederá 250 euros mensuales por persona.
La ayuda cubrirá un total de 24 mensualidades (el periodo subvencionable comprende desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2027) con un límite máximo de 6.000 euros por beneficiario. Para esta edición, la Dirección General de Vivienda y Arquitectura mantiene intactas las condiciones de las convocatorias anteriores establecidas por el Gobierno central a través de un Real Decreto estatal del año 2022. De este modo, solo podrán acogerse a la ayuda los contratos de alquiler de viviendas de hasta 900 euros mensuales y los de habitaciones de hasta 450 euros mensuales.
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Ante esta limitación y teniendo en cuenta la compleja realidad del mercado inmobiliario en el archipiélago, el Govern balear ha reclamado formalmente al Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana un aumento de estos límites de precios de cara a próximas convocatorias, una propuesta que planteará formalmente en las líneas de ayudas derivadas del nuevo plan estatal de vivienda para poder llegar a más jóvenes de las islas.
Requisitos de acceso y condiciones obligatorias
Para optar a las ayudas del bono, los solicitantes menores de 35 años deben cumplir y acreditar de forma estricta los siguientes requisitos y condiciones:
- Nacionalidad: poseer la nacionalidad española o la residencia regular en España.
- Edad: Tener hasta 35 años en el momento de la solicitud.
- Contrato formal: Ser titular de un contrato de alquiler de vivienda (máximo 900 €/mes) o de habitación (máximo 450 €/mes).
- Límite de ingresos: Acreditar que los ingresos anuales del solicitante, o de la unidad de convivencia, no son superiores a tres veces el IPREM.
- Patrimonio: No tener en propiedad ninguna vivienda.
- Obligaciones financieras: Estar al corriente de pago de todas las rentas del contrato de alquiler hasta la fecha.
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Hay que recordar que el "Bono Alquiler Joven" no es compatible con las ayudas ordinarias para el alquiler que concede el Govern balear. Esta exclusión mutua se mantiene con la intención explícita de evitar la duplicidad de prestaciones y poder dar cobertura y protección al mayor número posible de beneficiarios dentro de la comunidad autónoma. Toda la información relativa a estas ayudas se puede consultar en la web bolloguerjove.caib.es.








