Abierto el plazo para solicitar el 'Cheque canguro' 2026 en Baleares
Esta ayuda de conciliación cubrirá los gastos de custodia antes y después del horario lectivo escolar
Penélope O. Álvarez | Mallorca, 01 de Julio de 2026 | 10:18h

A partir de este miércoles, las familias de Baleares ya pueden solicitar el Cheque Canguro para cubrir los gastos de la escuela madrugadora y de la tarde, con un importe de hasta 1.000 euros por niño. Esta línea de ayudas, que pertenece al segundo programa, está destinada a subvencionar los costes de los servicios de atención, cuidado y custodia prestados en centros educativos o instalaciones vinculadas, incluyendo también los centros de educación infantil y de educación especial durante el período escolar.
La convocatoria, que permanecerá abierta hasta el 31 de julio, pretende sufragar los gastos derivados de la guarda de los menores antes del horario lectivo, así como de la custodia después del comedor o de la jornada escolar. La concesión de las cuantías (que son de un máximo de 1.000 euros por niño) se resolverá por estricto orden de entrada de las solicitudes que estén completas y sean válidas, de manera autónoma y sin comparación entre los solicitantes, hasta agotar el crédito presupuestario disponible.
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Campamentos de verano y ayudas para empleadas del hogar
El programa de conciliación de este año introduce otras dos modalidades compatibles entre sí, lo que permite a una misma familia combinar las distintas líneas de ayuda:
Campamentos y escuelas de vacaciones (programa 3)
- Destinado a cubrir los costes de campamentos y escuelas de verano, Pascua y Navidad, tanto públicos como privados.
- El plazo de solicitud se abrirá del 10 de septiembre al 9 de octubre de 2026.
El tope de 1.000 euros por niño es un máximo conjunto para los Programas 2 y 3, por lo que las familias podrán distribuir esa cuantía indistintamente entre la escuela madrugadora y las actividades de vacaciones.
Contratación de personal para el cuidado (programa 1)
- Cubre los costes salariales y de cotización a la Seguridad Social derivados de contratar a un empleado o empleada del hogar para el cuidado de menores.
En este caso, la ayuda máxima asciende hasta los 4.000 euros por familia y el plazo para solicitarla se fijará entre el 1 y el 31 de octubre de 2026.
De esta manera, si se cumplen las condiciones de todos los programas, una unidad familiar puede beneficiarse de hasta un máximo de 4.000 euros por la contratación de personal cuidador y, de forma paralela, de hasta 1.000 euros adicionales por cada hijo para las actividades de custodia y campamentos.
Requisitos de acceso y exclusiones
Para poder optar a cualquiera de estas líneas de ayuda, los solicitantes deben cumplir de manera obligatoria con los siguientes requisitos generales:
- Acreditar el empadronamiento y la residencia legal en Baleares tanto en el momento de la solicitud como durante el periodo subvencionable.
- Demostrar una situación de actividad laboral o asimilada (sea por cuenta propia o ajena) que justifique la necesidad real de conciliación.
- Tener una renta per cápita familiar inferior a los 30.000 euros anuales, calculada mediante la suma de los ingresos anuales de la unidad familiar dividida por el número de miembros que la componen.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda estatal y autonómica, con la Seguridad Social y en el reintegro de subvenciones.
- Conservar toda la documentación justificativa de los gastos durante un periodo de cinco años.
Por el contrario, el decreto estipula que no podrán ser beneficiarias las personas que incurran en alguna de las prohibiciones legales para percibir subvenciones públicas, las que tengan deudas pendientes con la Seguridad Social o la administración tributaria, o quienes arrastren obligaciones de reintegro de ayudas anteriores.
Documentación necesaria para la tramitación
La Dirección General de Conciliación y de Igualdad en el Ámbito Laboral, que ha habilitado en su página web un formulario de preguntas frecuentes, requerirá a las familias la entrega de los siguientes documentos comunes:
- Formulario oficial de solicitud y declaraciones responsables cumplimentadas.
- Certificado bancario que acredite la titularidad de la cuenta para el ingreso.
- Libro de familia o un documento legal equivalente.
- Documentación oficial acreditativa en caso de tratarse de una familia monoparental, familia numerosa, o de una situación de tutela o acogimiento.
- Formulario de otorgamiento de la representación legal, en caso de que el trámite no lo realice directamente el interesado.








