Nuevas normas para coches, patinetes, bicis y motos: cómo evitar las multas de 200 euros
La mayoría de las medidas entrará en vigor el 1 de octubre de 2026, aunque algunas se retrasarán un año
Pablo S. Molina | Mallorca, 25 de Junio de 2026 | 19:39h

Multas de 200 euros por no llevar casco en patinete, la prohibición de circular con ellos fuera de las ciudades y la obligación para los coches de frenar 20 km/h antes de adelantar a un ciclista. Estas son las medidas estrella de la profunda reforma del Reglamento General de Circulación aprobada por el Consejo de Ministros, que busca blindar a los usuarios vulnerables y que entrará en vigor de forma escalonada entre el 1 de octubre de 2026 y el mismo día de 2027.
El nuevo texto legal introduce un severo endurecimiento de las sanciones, tipificando como infracción grave (castigada con 200 euros de multa) el incumplimiento de las nuevas medidas de protección individual o el uso de equipamiento no regulado tanto para conductores de Vehículos de Movilidad Personal (VMP) como para ciclistas y motoristas.
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La reforma sitúa a los patinetes eléctricos en el centro de las restricciones urbanas e interurbanas mediante las siguientes obligaciones directas:
- Edad mínima y casco: Se establece una edad mínima de 15 años para poder conducir un VMP y se impone el uso del casco obligatorio para todos los usuarios sin excepción.
- Visibilidad: Será obligatorio circular con las luces encendidas en todo momento y llevar un chaleco reflectante por la noche o con poca visibilidad. En el caso de los repartidores profesionales, el uso del chaleco será obligatorio a todas horas.
- Prohibición en carretera: Los patinetes eléctricos tendrán prohibido circular fuera de las ciudades, salvo que lo hagan por vías totalmente segregadas del tráfico a motor, como carriles bici o vías ciclistas autorizadas.
- Blindaje a ciclistas: el coche deberá frenar antes de adelantar
Las condiciones para los automovilistas que compartan vía con ciclistas cambian radicalmente para evitar atropellos:
- Frenazo obligatorio: Antes de adelantar a una bicicleta en cualquier carretera, los conductores de vehículos a motor deberán reducir obligatoriamente su velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite máximo de la vía.
- Cambio de carril completo: En carreteras de más de un carril por sentido, ya no bastará con dejar una separación; será obligatorio cambiar completamente de carril para hacer el adelantamiento, respetando además la distancia lateral mínima de 1,5 metros.
- Prioridad urbana: Dentro de las ciudades, las bicicletas podrán circular preferentemente por el centro del carril y los coches deberán mantener una distancia de seguridad trasera de cinco metros. Asimismo, los ayuntamientos podrán autorizar la circulación de bicis en doble sentido en calles limitadas a 30 km/h o menos. En cuanto a los ciclistas, se elimina cualquier excepción y el casco será obligatorio siempre en vías interurbanas, mientras que los repartidores en bici deberán llevar casco y chaleco reflectante en todo momento.
Guantes y calzado cerrado para motoristas
Los usuarios de motocicletas y ciclomotores estarán obligados a utilizar guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado en cualquier tipo de vía, bajo la misma amenaza de sanción de 200 euros. Además, a partir de octubre de 2027, los conductores de ciclomotores no podrán usar cascos simplemente certificados, sino que deberán estar estrictamente homologados. Como contrapartida para mejorar la fluidez, las motos podrán circular por el arcén derecho en caso de congestión de tráfico, siempre que esté señalizado y no superen los 30 km/h. Los repartidores en moto también sumarán la obligación de llevar chaleco reflectante continuamente.
Por otra parte, la reforma elimina las exenciones históricas del uso del cinturón de seguridad: a partir de ahora, los conductores de taxis, vehículos de transporte de mercancías y profesores de autoescuela deberán llevarlo puesto siempre. La única excepción en todo el país será para los sanitarios que atiendan a un paciente en el habitáculo de una ambulancia en servicio de urgencia. El reglamento introduce cambios operativos drásticos ante contingencias en carretera:
- El "carril de emergencia": En caso de retención con tráfico parado o muy lento en autopistas y autovías, los conductores tendrán la obligación de apartarse a los lados para habilitar de forma inmediata un espacio central libre que permita el paso de ambulancias, policía y bomberos.
- Prohibido adelantar con nieve: Si la calzada presenta acumulación de nieve, quedará terminantemente prohibido adelantar; los vehículos deberán mantenerse en el carril derecho y dejar el izquierdo completamente libre para emergencias y máquinas quitanieves.
- Distancia ante averías: Cualquier coche que pase junto a un vehículo detenido por avería, accidente o mantenimiento deberá reducir su velocidad en 20 km/h y dejar una separación de 1,5 metros.
En el plano estrictamente urbano, el reglamento prohíbe de forma general que coincida una luz ámbar intermitente para los vehículos con una luz verde para peatones en el mismo paso regulado por semáforo. También regula las autocaravanas, determinando que cuando estén estacionadas no podrán desplegar elementos que excedan el perímetro del vehículo, verter líquidos ni apoyarse en nada que no sean sus propios neumáticos. Por último, se otorga estatus legal protegido a los "caminos escolares seguros" para fomentar el acceso peatonal o no motorizado de los menores a los colegios.








