Las multas por ir sin camiseta en Mallorca pueden llegar a los 750 euros
Los ayuntamientos recuerdan que el bañador es exclusivo para la playa y que en los centros urbanos hay que mantener el decoro
Penélope O. Álvarez | Mallorca, 02 de Junio de 2026 | 10:58h

El calor ha llegado a Mallorca para quedarse, estamos en temporada alta y las calles vuelven a llenarse de turistas paseando o haciendo compras y, de forma inevitable, algunos se olvidan de vestirse al abandonar la playa.
Lo que para muchos parece un gesto inocente frente a las altas temperaturas, la realidad es que las normativas municipales lo recogen como una infracción de la Ordenanza de Convivencia Cívica. El casco urbano no es una extensión de la arena e ir sin camiseta puede costarles a algunos hasta 750 euros. La regulación, que no depende de una ley estatal sino de cada ayuntamiento, busca equilibrar la comodidad del turista con el derecho de los residentes a mantener el decoro y el orden en las zonas comunes.
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Palma, por ejemplo, es de las más restrictivas. Su normativa prohíbe taxativamente pasear en bañador o con el torso completamente descubierto por cualquier vía pública que no sea la primera línea de playa. Quienes decidan saltarse la norma se enfrentan a sanciones que oscilan entre los 100 y los 600 euros, pudiendo llegar a los 750 euros en zonas de especial control turístico como Platja de Palma.
El municipio vecino de Llucmajor —que comparte la gestión de s'Arenal con Palma— tiene su propia Ordenanza reguladora de la convivencia ciudadana. En este caso, el texto se enfoca en el "decoro de la vía pública y el mantenimiento de la estética urbana". Así, la Policía Local tiene potestad para poner multas de hasta 300 euros (consideradas infracciones leves).
En Calvià —que engloba núcleos de gran afluencia como Magaluf, Santa Ponça o Palmanova— la normativa establece que caminar desnudo o semidesnudo fuera de las zonas autorizadas (playas y piscinas) se castiga con multas de 400 euros. Otros ayuntamientos costeros como Alcúdia o Santanyí imponen sanciones más moderadas pero igualmente disuasorias: entre 100 y 300 euros.
¿Dónde se permite el torso descubierto y dónde no?
La regla de oro para no terminar multado se basa en la distancia respecto a la primera línea de costa. Está totalmente permitido ir sin camiseta o en bikini en la arena de las playas, en las piscinas, en los espigones, en los paseos marítimos transitables y en los accesos directos al litoral. Sin embargo, está prohibido hacerlo en calles del centro, plazas de interior, supermercados, terrazas de hostelería urbanas y edificios de la administración pública.
Por lo general, la Policía Local no busca la recaudación inmediata. Al ver a alguien en bañador o sin prenda superior, el agente le llama la atención, pero si el turista o residente muestra una actitud desafiante, se niega a vestirse o intenta acceder a un edificio público o comercio, es cuando se interpone la multa.
El problema no solo está en el centro de las ciudades o de los pueblos, sino que también hay que tener cuidado en el coche. Quitarse la camiseta para conducir de vuelta de la playa no es una buena idea, independientemente del municipio en el que te encuentres. Aunque el Código de Circulación de la DGT no lo prohíbe textualmente, los agentes de tráfico te pueden sancionar con una multa de entre 80 y 200 euros si consideran que la falta de ropa compromete tu seguridad.
Esta prohibición se extiende de forma muy estricta al transporte público. Tanto la EMT (autobuses urbanos de Palma) como las líneas interurbanas del TIB prohíben por motivos de higiene que los pasajeros viajen descalzos o con el torso descubierto. En estos casos, los conductores tienen la potestad legal de denegar el acceso al vehículo a cualquier usuario que no cumpla con la norma.








