Renta 2025: Guía de fechas clave, nuevos mínimos para declarar y deducciones
El plazo para presentar el borrador por internet arranca el 8 de abril
Penélope O. Álvarez | Mallorca, 23 de Marzo de 2026 | 16:32h

La Campaña de la Renta 2025 ya está en marcha y trae consigo cambios relevantes que afectarán directamente a millones de contribuyentes en España. Desde este 18 de marzo, la Agencia Tributaria ha habilitado el acceso a los datos fiscales, un paso imprescindible para revisar la información personal antes de presentar la declaración.
El proceso continuará el 8 de abril, fecha en la que se abrirá el plazo para presentar el borrador por internet, en un ejercicio marcado por modificaciones en los mínimos exentos y nuevas oportunidades de ahorro fiscal.
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CALENDARIO DE LA RENTA 2025: FECHAS IMPORTANTES
El calendario fiscal arranca oficialmente el 18 de marzo con el acceso a los datos fiscales a través de la web de la Agencia Tributaria y su aplicación móvil.
El 8 de abril será el momento clave para la mayoría de contribuyentes, ya que ese día comienza el plazo para presentar la declaración por internet. Para quienes prefieran realizar el trámite por teléfono mediante el plan “Le Llamamos”, la Agencia Tributaria abrirá el servicio el 6 de mayo.
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La atención presencial en oficinas comenzará el 1 de junio, una opción dirigida especialmente a quienes necesitan ayuda directa para completar su declaración.
En cuanto a los plazos, el 25 de junio será la fecha límite para presentar declaraciones con resultado a ingresar si se quiere domiciliar el pago. Finalmente, el 30 de junio será el último día de la campaña, fecha tope para presentar la declaración de la renta.
QUIÉN ESTÁ OBLIGADO A HACER LA DECLARACIÓN DE LA RENTA
Uno de los aspectos más relevantes de esta campaña es la actualización de los umbrales de ingresos que determinan quién está obligado a declarar.
En el caso de contribuyentes con un solo pagador, la obligación se mantiene a partir de los 22.000 euros anuales. Si existen varios pagadores, el límite baja hasta los 15.876 euros anuales, siempre que el segundo pagador haya abonado más de 1.500 euros.
Los trabajadores autónomos deberán presentar la declaración en todos los casos en los que hayan ingresado más de 1.000 euros.
Por su parte, los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) están obligados a presentar la declaración independientemente de la cuantía percibida.
Además, aunque no se alcance el mínimo exigido, los expertos recomiendan revisar siempre el borrador. En muchos casos, si ha habido retenciones en la nómina, el resultado puede ser a devolver.
DEDUCCIONES Y NOVEDADES QUE PUEDEN REDUCIR TU FACTURA FISCAL
La Renta 2025 incorpora nuevas medidas y mantiene otras ya existentes que pueden suponer un ahorro significativo.
Entre las principales novedades destaca la deducción por rentas bajas, que permitirá ahorrar hasta 340 euros a quienes tengan salarios inferiores a 18.276 euros anuales.
También se mantienen las deducciones del 15% por la compra de vehículos eléctricos o la instalación de puntos de recarga.
En el ámbito de la vivienda, continúan las desgravaciones por obras de eficiencia energética, con porcentajes que oscilan entre el 20% y el 60%.
Por otro lado, la inversión en empresas de nueva creación, conocidas como startups, mejora su tratamiento fiscal con una deducción que aumenta hasta el 50%.
REVISAR EL BORRADOR: CLAVE PARA PAGAR MENOS O RECIBIR MÁS
Antes de confirmar la declaración, es fundamental revisar con detalle el borrador. Algunos conceptos habituales, como el alquiler, las cuotas sindicales o los donativos a ONG, no siempre aparecen incluidos automáticamente.
A esto se suman las deducciones autonómicas, que pueden variar según la comunidad y marcar una diferencia importante en el resultado final. Un ejemplo es la ayuda por gastos de gimnasio en Andalucía.
Por ello, dedicar unos minutos a comprobar toda la información puede ser determinante para evitar errores y, sobre todo, para reducir la factura fiscal o aumentar la devolución.









