El Congreso debate penas de cárcel por superar en 50 km/h el límite de velocidad
El PSOE propone endurecer el Código Penal para acabar con la "laxitud" y que pisar el acelerador sea delito mucho antes
EFE | Mallorca, 22 de Marzo de 2026 | 12:52h

El Pleno del Congreso debate este martes la toma en consideración de una proposición de ley socialista que propone penas de prisión por velocidad excesiva a los conductores que superen en 50 kilómetros por hora el límite permitido en vías urbanas y en 70 kilómetros por hora en vías interurbanas.
Actualmente, los umbrales en los que se contempla la prisión están fijados en más de 70 km/h y más de 80 km/h, respectivamente.
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Casi veinte años después, el PSOE considera que es momento de revisarlo y de reducir los umbrales de velocidad por encima de los cuales la infracción se considera delito y, para ello, plantea la modificación del artículo 379.1 del Código Penal.
Actualmente dicho artículo establece penas de prisión de tres a seis meses para los conductores de un vehículo de motor o un ciclomotor que circulen superando en 70 km/h en vía urbana o en 80 km/h en vía interurbana la velocidad establecida, lo que "a todas luces es una permisividad o laxitud excesiva", señala la exposición de motivos de la proposición.
Además de la pena de prisión, la velocidad excesiva está también castigada con multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.
Recuerda que de acuerdo con los estudios científicos, un aumento del 1 % en la velocidad de circulación produce un aumento del 4 % en el riesgo de verse involucrado en un accidente mortal. Considera necesario actualizar la legislación penal para reflejar una política moderna de movilidad, priorizando la protección de la vida y respondiendo proporcionalmente a conductas que amenazan la seguridad ciudadana.








