La Agencia Tributaria abre el plazo de cita previa para la Renta 2024
La asistencia presencial, telefónica y por videollamada estará disponible para ayudar a los contribuyentes hasta el 30 de junio
Alicia D. Romero | Mallorca, 30 de Mayo de 2025 | 14:17h

Desde este jueves 29 de mayo, la Agencia Tributaria ha abierto el plazo para solicitar cita previa de cara a recibir asistencia presencial en la elaboración de la Declaración de la Renta 2024. Este servicio de atención personalizada comenzará el 2 de junio y se prolongará hasta el 30 del mismo mes, ofreciendo ayuda directa en las oficinas a todos aquellos contribuyentes que lo necesiten.
La campaña de la Renta de este año, correspondiente al ejercicio fiscal de 2024, arrancó el pasado 2 de abril con la opción de presentación telemática a través de Renta WEB. Posteriormente, desde el 6 de mayo, también está disponible el plan “Le Llamamos”, que ofrece asistencia telefónica con cita previa. Según explica la Agencia Tributaria en su web oficial (agenciatributaria.es), esta atención presencial está especialmente dirigida a quienes no pueden o no desean realizar el trámite por vía telemática o telefónica.
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CÓMO SOLICITAR LA CITA PREVIA PARA LA ATENCIÓN PRESENCIAL
La cita previa puede solicitarse desde este jueves por tres vías principales:
- Internet: accediendo a la sede electrónica de la Agencia Tributaria con NIF/NIE, Cl@ve, referencia, DNI electrónico o certificado electrónico.
- Aplicación móvil oficial de la Agencia Tributaria: disponible para Android e iOS.
- Teléfono de atención personal: llamando al 915 53 00 71 o al 901 22 33 44, de lunes a viernes, de 9:00 a 19:00 horas.
Cabe recordar que para este servicio no está habilitada la opción de teléfono automático. Además, si el contribuyente no puede acudir, puede anular la cita por los mismos canales, siempre con al menos 24 horas de antelación.
La atención presencial en oficinas se desarrollará del 2 al 30 de junio. La asistencia telefónica seguirá activa hasta el 27 de junio, también con cita previa, a través de internet, la app, teléfono automático (915 35 73 26 / 901 12 12 24) o atención personal telefónica.
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DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA LA ATENCIÓN PRESENCIAL
Para acudir a la cita en la oficina de la Agencia Tributaria, es imprescindible presentar el DNI original del titular que realiza la declaración, y fotocopia del documento de cualquier otra persona que figure en la declaración conjunta.
Además, se debe facilitar el número IBAN de la cuenta bancaria en la que se quiera recibir la devolución o realizar el ingreso. En relación con la vivienda, es necesario presentar la referencia catastral de todos los inmuebles, ya sean en propiedad, alquilados o en otro régimen. Esta referencia se puede obtener del recibo del IBI.
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Si la declaración se realiza en nombre de otras personas (por ejemplo, en el caso de miembros de la unidad familiar), se debe aportar una autorización firmada por ellas y la fotocopia de su DNI. La Agencia Tributaria ofrece un modelo de autorización descargable desde su web oficial.
Entre la documentación más habitual para justificar deducciones están:
- El NIF del arrendador y el importe total pagado si se vive de alquiler.
- Saldos pendientes de préstamos hipotecarios o ampliaciones de préstamo.
- Recibos de seguros vinculados a la hipoteca.
- Justificantes de donativos a entidades con derecho a deducción.
- Llevar toda la documentación completa permite agilizar la cita y evitar errores o desplazamientos innecesarios.
VIDEOASISTENCIA DESDE AYUNTAMIENTOS PARA PEQUEÑOS MUNICIPIOS
Una de las novedades destacadas de la campaña de la Renta 2024 es la modalidad de videoasistencia. Este servicio está diseñado para personas que residen en pequeños municipios o localidades sin oficina de la Agencia Tributaria.
Mediante una cita previa y una videollamada desde el ayuntamiento, un técnico de la Agencia Tributaria ayuda al contribuyente a elaborar su declaración. Para ello, el día de la cita es necesario presentar el DNI original del titular, la fotocopia del documento de identidad de cualquier persona incluida en la declaración, el IBAN y las referencias catastrales.
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Al igual que en la atención presencial, también se deben aportar justificantes de deducciones fiscales, tanto de ámbito estatal como autonómico.
La videoasistencia se desarrolla en directo y, si se dispone de toda la información, la declaración puede presentarse en la misma sesión. El personal del ayuntamiento facilita los medios técnicos para que la conexión sea estable y segura.









