¿Quién se hace cargo de los daños provocados por las lluvias?
Las fuertes tormentas han dejado numerosos desperfectos y dudas entre los afectados
cronicabalear.es | Mallorca, 21 de Marzo de 2025 | 21:03h

Las fuertes tormentas que están azotando el país en los últimos días, provocadas por la sucesión de borrascas y lluvias intensas, han generado importantes daños en viviendas y vehículos. Ante esta situación, muchos afectados se preguntan quién se hace cargo de los desperfectos. La respuesta, según aclaran las organizaciones de consumidores, es que los riesgos extraordinarios son cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros.
EL CONSORCIO, RESPONSABLE DE LOS FENÓMENOS EXTRAORDINARIOS
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha recordado que las aseguradoras, en principio, no asumen los daños provocados por fenómenos naturales atípicos como inundaciones, huracanes o terremotos. Es el Consorcio de Compensación de Seguros quien actúa en estos casos.
Este organismo público actúa como aseguradora para siniestros causados por hechos extraordinarios, siempre que la persona afectada tenga contratado previamente un seguro. No es un sustituto del seguro habitual, sino un complemento que entra en acción en situaciones muy concretas.
¿CUÁNDO INTERVIENE EL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN?
Durante el temporal de estos días, si se han dado las condiciones necesarias para considerar los daños como consecuencia de un riesgo extraordinario, será el Consorcio quien asuma las indemnizaciones. Esto incluye daños a personas, vehículos y viviendas, siempre que estén asegurados, incluso en el caso de automóviles con pólizas básicas de responsabilidad civil.
No obstante, los expertos aconsejan revisar cuidadosamente las condiciones del seguro contratado. En algunos casos, los daños por fenómenos meteorológicos pueden estar cubiertos por la compañía si se cuenta con las coberturas adecuadas, incluso aunque no se declare oficialmente un riesgo extraordinario.
En el caso de los vehículos, los usuarios con seguros a todo riesgo o con cobertura de lunas pueden reclamar a su aseguradora si, por ejemplo, se han producido roturas. Del mismo modo, en los seguros de hogar hay fenómenos meteorológicos que están cubiertos cuando superan una cierta intensidad, aunque no lleguen a considerarse extraordinarios.
REUNIR PRUEBAS, CLAVE PARA LA INDEMNIZACIÓN
Para reclamar los daños, es fundamental recopilar todas las pruebas posibles que acrediten tanto el origen como las consecuencias del siniestro. Esto incluye informes de agencias meteorológicas, fotografías, informes de emergencias, actas de policía, protección civil o bomberos, y si es posible, el testimonio de testigos.
Disponer de esta documentación facilitará el proceso de indemnización, ya sea a través de la aseguradora o del Consorcio de Compensación de Seguros, y ayudará a evitar conflictos sobre el origen de los daños o la cobertura aplicable.







