Bono Alquiler Joven Baleares 2025: pide ya tu ayuda de 6.000 euros si tienes menos de 35 años
El Govern abre el plazo de solicitudes: 250 euros al mes durante 2 años para jóvenes con contrato de alquiler en las islas
cronicabalear.es | Mallorca, 12 de Marzo de 2025 | 12:03h

El Govern de les Illes Balears, a través de la Dirección General de Vivienda y Arquitectura, ha abierto oficialmente el plazo de presentación de solicitudes del Bono Alquiler Joven 2024–2025, que estará vigente entre el 16 de junio y el 16 de julio de 2025, salvo que se agoten los fondos disponibles antes de esa fecha.
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AYUDAS DE HASTA 6.000 EUROS PARA JÓVENES DE HASTA 35 AÑOS
El programa ofrece 250 euros mensuales por persona beneficiaria, hasta un máximo de 24 mensualidades consecutivas. En total, los jóvenes podrán recibir hasta 6.000 euros, siempre que mantengan las condiciones exigidas durante el periodo subvencionable, comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2025.
Esta ayuda tiene como objetivo facilitar el acceso a la vivienda de personas jóvenes con ingresos limitados y fomentar su emancipación.
LÍMITES DE PRECIO DEL ALQUILER: 900 EUROS EN VIVIENDA Y 450 EN HABITACIÓN
Podrán beneficiarse quienes residan en viviendas en régimen de alquiler o cesión de uso cuyo importe mensual no supere los siguientes límites:
- Viviendas completas: hasta 900 euros al mes.
- Habitaciones: hasta 450 euros mensuales.
Estos umbrales son válidos en todos los municipios de Baleares, según lo aprobado en el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Seguimiento con el Ministerio de Vivienda.
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REQUISITOS PARA ACCEDER AL BONO
Para optar a la ayuda, los solicitantes deben cumplir las siguientes condiciones:
- Tener entre 18 y 35 años (inclusive) en el momento de la solicitud.
- Contar con nacionalidad española, comunitaria o residencia legal en España.
- Ser titulares de un contrato de alquiler o cesión de uso en Baleares, formalizado legalmente.
- Estar al corriente del pago del alquiler, acreditado mediante transferencias, ingresos o domiciliaciones bancarias.
- Contar con ingresos regulares y que el total de la unidad de convivencia no supere tres veces el IPREM anual (unos 28.800 € en 2023).
- No ser propietarios ni usufructuarios de otra vivienda en España, salvo excepciones justificadas (divorcio, traslado laboral, discapacidad…).
- No tener parentesco con el arrendador ni formar parte de la misma unidad de convivencia.
COMPATIBILIDADES Y DOCUMENTACIÓN NECESARIA
El Bono Alquiler Joven no es compatible con otras ayudas al alquiler otorgadas por administraciones públicas, salvo en casos excepcionales de vulnerabilidad. No afecta a perceptores del Ingreso Mínimo Vital o de pensiones no contributivas.
- Para solicitar la ayuda es necesario aportar:
- Contrato de alquiler o cesión de uso.
- Certificado de empadronamiento colectivo.
- Justificantes bancarios de pago del alquiler desde enero de 2024.
- Declaración de IRPF (2023) o autorización para consulta a la Agencia Tributaria.
- Vida laboral o documentación acreditativa de ingresos regulares.
- Declaraciones responsables conforme al modelo oficial (Anexo 2).
CÓMO Y DÓNDE PRESENTAR LA SOLICITUD
La presentación debe hacerse preferentemente de forma telemática en la web oficial del Govern. También puede realizarse presencialmente en las oficinas de la Dirección General de Vivienda y Arquitectura o del IBAVI, en Menorca, Eivissa y Formentera, con cita previa.









