Multas de hasta 6.000 euros por el uso de ciertos dispositivos en el coche

La DGT está preparando una normativa que prohibirá la difusión de información sobre controles de alcohol y drogas en redes sociales

Alicia D. Romero | Mallorca, 03 de Marzo de 2025 | 13:20h

En España, el uso de dispositivos relacionados con la detección y evasión de radares de tráfico está regulado estrictamente por la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. La normativa distingue entre detectores, avisadores e inhibidores de radares, estableciendo diferentes niveles de legalidad y sanciones para cada uno.​

Los detectores de radares, que identifican la presencia de dispositivos de control de velocidad, están prohibidos en España. Su uso puede acarrear una sanción económica de 200 euros y la pérdida de 3 puntos en el carnet de conducir. Esta medida busca evitar comportamientos que puedan comprometer la seguridad vial al intentar eludir los controles de velocidad establecidos.​

AVISADORES DE RADARES: LA ALTERNATIVA LEGAL

A diferencia de los detectores, los avisadores de radares son dispositivos legales que informan a los conductores sobre la ubicación de radares fijos basándose en bases de datos oficiales. Herramientas como Google Maps, Waze o Coyote ofrecen estas funcionalidades, permitiendo a los usuarios conocer la ubicación de los radares sin infringir la normativa. La Dirección General de Tráfico (DGT) recomienda el uso de estos avisadores para fomentar una conducción segura y consciente de los límites de velocidad.​

INHIBIDORES DE RADARES: SANCIONES SEVERAS

Los inhibidores de radares, que interfieren activamente con el funcionamiento de los dispositivos de control de velocidad, están terminantemente prohibidos. El uso de estos aparatos puede resultar en multas de hasta 6.000 euros y la pérdida de 6 puntos en el carnet de conducir. La severidad de estas sanciones refleja la gravedad de alterar los sistemas de control de tráfico y el potencial riesgo que ello conlleva para la seguridad vial.​

NUEVAS MEDIDAS CONTRA LA DIFUSIÓN DE CONTROLES EN REDES SOCIALES

La DGT está preparando una normativa que prohibirá la difusión de información sobre controles de alcohol y drogas en redes sociales y aplicaciones de mensajería como WhatsApp y Telegram. El director de la DGT, Pere Navarro, ha calificado estas prácticas como "un disparate", ya que permiten que conductores bajo los efectos de sustancias eludan los controles, aumentando el riesgo de accidentes.

Aunque la normativa específica está en desarrollo, ya se han impuesto sanciones basadas en la Ley de Seguridad Ciudadana. Por ejemplo, en Vigo, un administrador de un grupo de WhatsApp fue multado con 1.200 euros por cada control revelado, y 20 usuarios fueron sancionados con 600 euros cada uno por compartir dicha información. ​

ANULACIÓN DE MULTAS POR FALTA DE OPERADOR EN RADARES MÓVILES

Recientemente, varios tribunales han anulado multas por exceso de velocidad debido a la ausencia de un operador cualificado controlando el radar en el momento de la infracción. Según la Orden ITC/155/2020, es obligatorio que un agente vigile estos dispositivos y capture al menos dos fotogramas del vehículo. La falta de cumplimiento de estos requisitos ha llevado a la anulación de numerosas sanciones, lo que podría abrir la puerta a reclamaciones similares por parte de otros conductores afectados. ​

En conclusión, es fundamental que los conductores en España estén informados sobre la legalidad de los dispositivos relacionados con la detección de radares y las posibles sanciones asociadas a su uso indebido. Además, deben ser conscientes de las implicaciones legales de compartir información sobre controles de tráfico en plataformas digitales y de la importancia de que las autoridades cumplan con los procedimientos establecidos al imponer sanciones.

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