¿Se puede convertir el edificio de Gesa de Palma en viviendas sociales?
La transformación del inmueble depende de cambios urbanísticos, restricciones legales y su viabilidad económica
Penélope O Álvarez | Mallorca, 27 de Febrero de 2025 | 14:22h

La reciente compra del edificio de Gesa por parte del Ayuntamiento de Palma ha abierto un debate sobre su posible transformación en viviendas sociales para personas vulnerables. Sin embargo, la viabilidad de este cambio no depende solo de la voluntad política, sino de una serie de factores legales y urbanísticos que determinan si la reconversión es factible.
¿QUÉ PERMITE EL PLANEAMIENTO URBANÍSTICO ACTUAL?Según el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Palma, el edificio de Gesa tiene una calificación urbanística específica que regula su uso. Para que pueda destinarse a viviendas sociales, sería necesario que el actual planeamiento contemple el uso residencial o, en caso contrario, que el Ayuntamiento tramite una modificación urbanística. Este proceso no es inmediato y requiere justificación técnica y aprobación en pleno municipal.
Por otra parte, la Ley de Urbanismo de Baleares permite que suelos destinados a equipamientos públicos puedan convertirse en vivienda protegida, pero con la condición de que una parte del edificio mantenga su uso original y siempre que la administración justifique la necesidad de la actuación.
Otro factor clave es si el edificio está protegido por su valor arquitectónico o histórico. En caso de estar catalogado, cualquier transformación debería contar con la autorización de las administraciones competentes en patrimonio, lo que podría añadir más restricciones al proyecto.
Si el Ayuntamiento decidiera impulsar la conversión del edificio de Gesa en viviendas sociales, debería cumplir con varios plazos y condiciones establecidos en la normativa:
- Cambio de uso permitido: Si el planeamiento no contempla el uso residencial, debe modificarse, un proceso que puede tardar meses o incluso años.
- Límites de densidad: La normativa exige un máximo de una vivienda por cada 60 m² de superficie edificable.
- Tiempo de ejecución: Si se obtiene la aprobación, las obras deben iniciarse en un plazo de tres años.
¿ES VIABLE?
Legalmente, sí es posible convertir el edificio de Gesa en viviendas sociales, pero el proceso no es inmediato ni sencillo. El Ayuntamiento de Palma tendría que gestionar la modificación urbanística, justificar el cambio de uso y cumplir con las restricciones de densidad y patrimonio. Además, la viabilidad económica del proyecto y su compatibilidad con las normativas de vivienda protegida serán factores determinantes.