Perdonan medio millón de euros de deuda a un empresario de Menorca por no poder pagarlo

Gracias a la ley de la segunda Oportunidad

Redacción | 07/06/2023

El Juzgado de Primera Instancia N.º 2 de Mahón ha exonerado definitivamente todos los créditos pendientes a un vecino menorquín aplicando la cada vez más conocida Ley de la Segunda Oportunidad.

Gracias a que su casa no era suya al 100% ha conseguido mantener la propiedad mientras le concedían el perdón de sus deudas.

El problema empezó cuando en 2007, la empresa en la que trabajaba, sabiendo que el afectado no tenía conocimiento como administrativo, le hizo firmar un aval y la entidad bancaria empezó a reclamarle la cantidad de la misma. 

Tras el tiempo, un fondo buitre compró esta deuda y para saldar una parte, le reclamaban el piso de su madre el cuál había recibido cómo herencia.

Fue entonces cuando decidió solicitar ayuda a profesionales y contactó con la Asociación de Ayuda al Endeudamiento. Los abogados de la Asociación, tras analizar la situación y las causas de la insolvencia, le aconsejaron acogerse a un proceso que permitiera quedar libre de deudas definitivamente: la ley de la segunda oportunidad.

“Con el inicio de la Ley de la Segunda Oportunidad iba obtener un beneficio inmediato: un respiro económico, ya que cualquier pago o proceso de embargo quedaba en suspenso hasta que se resolviese el asunto por el juez”, explica la letrada Laura Muñoz.

“Posteriormente, además, se aseguraría uno de los dos posibles fines de este trámite: un acuerdo que le rebajara la deuda total hasta una cuantía mensual asumible o la exoneración del 100% de sus créditos”, recalca con seguridad esta letrada de la Asociación.

En el presente caso, a pesar del esfuerzo del interesado, la propuesta de acuerdo fue rechazada por la mayoría de acreedores por encontrarla insuficiente. Como bien detalla la letrada, este trámite ha sido derogado con la nueva Ley Concursal: “Debido al constante rechazo de los acreedores, este intento obstaculiza más de lo que ayuda al proceso”

Presentada ante notario y quedando en documento público, el deudor obtenía la distinción “de deudor de buena fe”, lo que le permitía solicitar el perdón del 100% de las deudas. Esto fue aprobado por el Tribunal, concediendo así la exoneración sobre todas las obligaciones y eliminando las consecuencias de una mala época empresarial.

Tras ello, este ciudadano se libera una carga importante que llevaba consigo, permitiéndole comenzar su segunda etapa empresarial sin deudas que la lastren y optando a nueva financiación si su nuevo emprendimiento lo requiriera.

REQUISITOS PARA CONSEGUIR LA LIBERACIÓN DEFINITIVA DE LAS DEUDAS 

Para optar a la condonación de las deudas el deudor debe cumplir 3 requisitos esenciales: no haber sido exonerado en los 5 últimos años, ser insolvente y carecer de delitos de orden socioeconómico.

El Juzgado conocedor de este procedimiento comprobó estos requerimientos y el pasado 3 de mayo fue dictada la sentencia concediendo el BEPI (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho) ha supuesto dejar a este deudor libre de 505.241,33 euros y mantener la parte de la herencia que le corresponde.

Con esta sentencia los acreedores del concursado han visto cómo sus créditos han sido cancelados. Ya no podrán reclamar ningún pago más ni incluir en ficheros de morosos al ya ex-deudor.

Ya son 117 exoneraciones por parte de la Asociación durante 2023, triplicando las conseguidas durante todo el 2021


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Comentarios

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  • Abascal - 07 de Junio de 2023 a las 14:17
    Q raro q no me perdonarán la deuda del piso q me quito el banco. Las leyes iguales para todos dicen , jajaajajajaja
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  • estafa - 07 de Junio de 2023 a las 14:10
    este empresario analfabeto firmo sin saber contabilidad, lo mismo que les pasa a millones de españoles, de pena como esta la justicia unos tanto y otros tan poco.
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