Las nuevas multas y restricciones para el uso de autocaravanas y los patinetes en Palma
Esta normativa incluye la regulación de comportamientos incívicos como orinar en la calle o aparcar de forma incorrecta
Redacción | 27/11/2024 | Actualizada el 27 de Noviembre de 2024 a las 14:10
El Ayuntamiento de Palma ha aprobado de manera inicial una nueva Ordenanza para el Fomento de la Convivencia Cívica, que regula una serie de medidas relacionadas con el uso de autocaravanas, las visitas turísticas y la circulación de vehículos de movilidad personal. Con la intención de promover el civismo en la ciudad y garantizar una convivencia respetuosa, la norma establece nuevas sanciones para diversas infracciones y busca hacer de Palma un lugar más seguro y ordenado.
USO DE AUTOCARAVANAS COMO VIVIENDAS: NUEVAS RESTRICCIONES
Una de las principales medidas de esta ordenanza se centra en el uso de autocaravanas y caravanas como viviendas en el término municipal de Palma. A partir de ahora, se prohíbe acampar con estos vehículos en cualquier lugar, salvo en los espacios específicamente habilitados para ello. Además, se establece que no podrán permanecer en un mismo lugar por más de diez días.
El alcalde de Palma, Jaime Martínez, destacó que el uso de estos vehículos como viviendas será sancionado cuando se presenten “signos de permanencia” en espacios públicos, con multas que oscilan entre los 750 y los 1.500 euros. En casos donde no se pueda identificar al responsable del vehículo, los agentes podrán proceder a su retirada inmediata. Sin embargo, en situaciones de vulnerabilidad social, las sanciones podrían ser suspendidas si se presenta un informe de servicios sociales, orientando a la persona afectada a recibir la ayuda correspondiente.
REGLAS PARA LAS VISITAS TURÍSTICAS: LIMITACIÓN DE GRUPOS Y USO DE MEGÁFONOS
Otro aspecto clave de la nueva ordenanza es la regulación de las visitas turísticas. A partir de su aprobación definitiva, se limitará el tamaño de los grupos guiados a un máximo de 20 personas por guía o 4 vehículos. Los guías deberán portar su carné oficial de manera visible y se prohíbe el uso de altavoces o megáfonos. Las infracciones de esta normativa se considerarán leves, con sanciones que pueden llegar hasta los 750 euros.
OBLIGACIÓN DE SEGURO Y NORMAS DE CIRCULACIÓN PARA PATINETES Y VEHÍCULOS DE MOVILIDAD PERSONAL
El uso de patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal también quedará sujeto a nuevas regulaciones. A partir de ahora, será obligatorio que los conductores de estos vehículos dispongan de un seguro de responsabilidad civil que cubra hasta 120.000 euros y que lleven puesto un casco y un chaleco reflectante.
Además, estos vehículos no podrán circular por aceras, parques ni zonas peatonales, y las multas por infringir estas normas podrán ser de hasta 600 euros. También se contempla la inmovilización de los vehículos si se detecta que están manipulados o conducidos bajo los efectos de sustancias estupefacientes.
Las empresas de alquiler de estos vehículos deberán, por su parte, contar con un seguro de responsabilidad civil con una cobertura de 800.000 euros y, si operan con más de tres vehículos en grupo, necesitarán una autorización municipal previa. La nueva normativa también establece que estos vehículos podrán circular solo en vías con una limitación de velocidad máxima de 40 km/h, pero no podrán superar los 25 km/h.
NUEVAS SANCIONES POR GRAFITIS, PANCARTAS Y OTROS COMPORTAMIENTOS INCÍVICOS
La ordenanza también introduce sanciones más severas para los grafitis y las pancartas no autorizadas. Los grafitis que causen una “degradación grave y relevante” de bienes inmuebles podrán ser multados con hasta 3.000 euros, mientras que la colocación de pancartas y carteles sin la autorización correspondiente podrá conllevar multas de hasta 6.010 euros.
Además, se prohibirá el uso de carteles muy luminosos que generen molestias, con multas de hasta 750 euros, y los juegos de apuestas en la vía pública serán totalmente prohibidos, con sanciones que oscilan entre los 30.000 y los 450.000 euros.
SANCIONES POR INCIVISMO: DESDE ORINAR HASTA APARCAR DE MANERA INCORRECTA
Entre las nuevas infracciones que también serán sancionadas está el orinar o escupir en la vía pública, que podrá llevar una multa de hasta 750 euros. Si alguien defeca en lugares de gran afluencia, parques o monumentos, la sanción puede ascender hasta los 1.500 euros. Además, se prohíbe tener los motores de los vehículos encendidos cuando están parados, salvo en casos excepcionales, y se implementan nuevas normativas sobre el estacionamiento de vehículos adosados a inmuebles, que podrá ser sancionado si permite el acceso furtivo.
MENORES Y COLECTIVOS VULNERABLES
El alcalde Jaime Martínez señaló que, si bien la denuncia será el último recurso, en casos de menores de edad o personas vulnerables, las infracciones podrían ser eximidas si se corrige la conducta en el momento sin reincidencia. Además, se ha decidido eliminar el importe mínimo de las sanciones leves, lo que permitirá una mayor flexibilidad y adaptabilidad a las circunstancias de los infractores.
CREACIÓN DEL EQUIPO COMUNITARIO DE PROXIMIDAD (ECOP)
Una de las principales novedades de esta ordenanza es la creación del Equipo Comunitario de Proximidad (ECOP), una unidad policial especializada cuya función será garantizar el cumplimiento de las nuevas normas. El alcalde Martínez explicó que la normativa tiene un enfoque preventivo, buscando más que sancionar, corregir las conductas incívicas mediante la mediación.