El TC declara inconstitucional que el Govern de Armengol prohibiera desplazamientos y reuniones durante la pandemia

Sostiene que dichas restricciones de derechos fundamentales solo pueden regularse por las Cortes Generales mediante ley orgánica

Redacción | 19/11/2024

Fachada exterior de la sede del Tribunal Constitucional en Madrid. EP.

El Tribunal Constitucional (TC) ha acordado por unanimidad que "medidas preventivas" como la prohibición de desplazamientos y reuniones durante la pandemia, establecidas en un decreto-ley de Baleares durante la gestión de Francina Armengol, son inconstitucionales porque restringieron derechos fundamentales que solo pueden regularse por las Cortes Generales mediante ley orgánica.

Los magistrados se han pronunciado así al estimar parcialmente el recurso de inconstitucionalidad que presentaron los diputados de Vox contra el apartado primero del artículo 1 del decreto-ley 5/2021, de 7 de mayo, de Baleares por el que se estableció un régimen sancionador específico para hacer frente a los incumplimientos de las disposiciones dictadas para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19.

Según una nota difundida este martes por la corte de garantías, el Pleno entiende que los apartados del mencionado decreto-ley balear --firmado por la entonces presidenta autonómica y actual presidenta del Congreso, Francina Armengol-- tienen una redacción "casi idéntica" a los de la ley de salud de Galicia que el pasado 5 de noviembre declaró inconstitucionales y nulos porque regulaba derechos fundamentales que solo pueden regularse vía ley orgánica.

En una sentencia de la que ha sido ponente la magistrada Laura Díez, el tribunal considera que el decreto-ley balear, al regular restricciones o limitaciones de derechos fundamentales, afecta a derechos recogidos en la Constitución como los derechos a la vida, a la libertad, al honor y a la intimidad personal, a entrar y salir libremente de España y a reunirse pacíficamente.

TOQUE DE QUEDA Y CIERRE DE ESTABLECIMIENTOS

En este sentido, declara inconstitucionales y nulos los apartados del decreto-ley balear que limitaban los desplazamientos territoriales, que fijaban un toque de queda y que limitaban el número de personas que se podían reunir en espacios públicos y privados.

El TC también declara inconstitucional y nulo el apartado que fijaba que el Consell de Govern podía suspender el ejercicio de actividades, intervenir medios materiales o personales y limitar los horarios de apertura y/o cierre de establecimientos, lugares o actividades.

Asimismo, declara inconstitucional y nulo que el Consell de Govern pudiera realizar "pruebas diagnósticas a todas las personas que presenten síntomas" y "pruebas de cribado colectivas" para impedir la propagación del coronavirus.

No obstante, el tribunal desestima la impugnación que los de Vox hicieron respecto a los apartados 2 y 3 que se limitaban a reproducir "con leves variaciones" las medidas previstas en la Ley Orgánica 3/1986, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública.

El pasado 5 de noviembre, con la sentencia sobre la ley de salud gallega sobre medidas preventivas en pandemia, el Constitucional cambió la doctrina que había fijado hace tres años y estableció que el estado de alarma era suficiente para acordar las restricciones de derechos fundamentales fijadas entonces, un giro que propició que el bloque conservador se desmarcara de dicha modificación.

Sin embargo, la sentencia de este martes sobre el decreto-ley balear no entra en dichos razonamientos, sino que se limita a cuestiones técnicas, de ahí que haya recibido el aval de los 12 magistrados, según apuntan las fuentes consultadas.

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Comentarios

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  • Lina - 22 de Noviembre de 2024 a las 07:03
    Y me pregunto yo, a todos los empresarios que tuvieron que seguir pagando con las puertas de sus negocios cerradas ¿ Quién les restituirá o pagará todo lo que perdieron o dejaron de ganar?
    ¿ A quién deben ell@s recurrir, ya qué para much@s fue el fin de sus negocios o empresas, tiene eso alguna solución?
    Si no se podia impedir que nos desplazaramos tampoco nos deberían haber prohibido cerrar las empresas y tener que seguir pagando impuestos,
    Pregunto desde mi ignorancia en temas judiciales.
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    0
  • Lina - 22 de Noviembre de 2024 a las 06:55
    Y me pregunto yo, a todos los empresarios que tuvieron que seguir pagando a sus trabajadores, sus impuestos, y todo lo que conlleva tener un negocio ¿ quién les va a pagar a ellos todo
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  • Karayosi - 20 de Noviembre de 2024 a las 15:37
    A buenas horas. Como si alguien ahora fuese a depurar responsabilidades . . .
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  • Asa - 20 de Noviembre de 2024 a las 13:42
    Si el día de mañana hay otra plandemia y están los cachorros del estado (policías) y me paran no les haré caso, ya está bien de tanto control y someternos, esta farsa fue el mayor timo de la historia de la humanidad y los policías controlarnos como si fuéramos delincuentes, luego les defendimos cuando les golpeaban en Cataluña pues esta vez ni caso.
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  • ..... - 20 de Noviembre de 2024 a las 09:42
    La proxima ya lo sabemos! a mi estas que me paran! Vaya panda de...
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  • Pepton7 - 20 de Noviembre de 2024 a las 09:26
    Ella ya lo sabía,por eso se iba de bares a las 2 de la mañana mientras los demás estaban encerrados.La hija de la gran P
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  • tonivf - 20 de Noviembre de 2024 a las 08:27
    Ahora quién paga las intenciones.?
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  • David - 19 de Noviembre de 2024 a las 23:08
    ¿Van a indemnizar a todos los afectados? ¿Se puede devolver el tiempo? Jajajaja que ridiculez todo
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  • Tee - 19 de Noviembre de 2024 a las 22:26
    O sea que desde el 2021 era todo ILEGAL??? y la borracha de copas mientras estábamos encerrados ilegalmente, Luego nos llaman conspiranoicos cuando se esta demostrando poco a poco que todo fue una farsa para controlarnos.
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