El magistrado que investiga a Penalva y Subirán vuelve a exculparles de haber coaccionado a testigos

Esther Ballesteros | 19/04/2021

Apenas un mes después de reabrir la causa centrada en las presuntas actuaciones delictivas cometidas por el juez Manuel Penalva, el exfiscal Miguel Ángel Subirán y cuatro policías nacionales durante la instrucción del caso Cursach, el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Baleares e instructor del procedimiento, Carlos Gómez, ha tumbado de nuevo las acusaciones más graves que pesaban sobre ellos: las relativas al supuesto aleccionamiento de testigos que habrían llevado a cabo en aras a reforzar sus tesis en torno a una presunta trama policial dirigida a favorecer al grupo Cursach.

Mediante un auto de 83 páginas al que ha tenido acceso Crónica Balear, Gómez acuerda, además, el archivo de la causa respecto a Subirán "en tanto no recupere la salud mental en términos que le permitan continuar el proceso sin merma de su derecho de defensa", después de que un informe forense solicitado por el exfiscal determinase que éste no se halla en situación de poder afrontar la causa debido a su actual situación médica. Rechaza, además, citar a declarar a la forense que confeccionó el documento, como solicitaban algunas acusaciones.

Respecto a uno de los testigos protegidos del caso Cursach, el número 26 -quien la pasada semana se negó a declarar por su papel en la causa-, el instructor niega cualquier intento de presionarle: "El deseo de los hoy encausados [Penalva, Subirán y los cuatro policías] de que las declaraciones del testigo protegido 26 concordasen y reforzasen las de los otros testigos era una aspiración lógica de quienes están a cargo de una investigación (...) y no constituye propiamente un indicio de inducción a un testimonio en un determinado sentido".

En concreto, se trata de un trilero a quien, según un informe de la Policía Nacional, utilizaron Penalva y Subirán para incriminar falsamente a varios policías locales de Palma -a quienes en realidad no conocía- en un supuesto entramado mafioso urdido con el objetivo de proteger los intereses del empresario del ocio Bartolomé Cursach. A cambio, el testigo habría obtenido diversos beneficios procesales, como la eliminación de la orden de residir fuera de Mallorca.

Al respecto, el magistrado subraya que "lo que reflejan los mensajes" -en alusión al grupo de whatsapp que los antiguos investigadores mantenían abierto en paralelo al caso Cursach- "es una cierta práctica con relación a los reconocimientos de los policías locales, práctica que puede ser discutible, que puede afectar a la regularidad o validez de dicha diligencia, pero no revelan que los hoy investigados indujesen al testigo don Bartolomé M. G. a reconocer policías en falso".

"Una cosa es que los investigados persuadiesen al testigo para que reiterase la narración de hechos y los reconocimientos fotográficos que les había hecho previamente (...) y otra muy distinta es que le indujeran a una acusación o denuncia falsas, hecho este último del que, como se viene diciendo, no obran en autos indicios racionales de criminalidad que permita su consideración como hecho punible", prosigue el auto.

Y abunda: "En los mensajes de WhatsApp se hace referencia a fotos de policías locales de modo genérico, reconocidas antes o no, pero no se señala que haya de indicársele al testigo protegido 26 que reconozca o identifique a una o varias determinadas personas en particular, lo que es contrario a una supuesta voluntad de manipulación del testigo en estos concretos extremos".

E incide en que, si en un determinado momento en el chat se hace referencia a que el testigo 26 debe reconocer las fotos de policías locales "que 'le enseñamos', ello ha de ser entendido en el sentido de que, en declaraciones anteriores, los investigados habían mostrado al testigo fotos de policías que éste había reconocido, no en el de que hubiera de reconocer las fotos que se le enseñasen en el futuro. Es decir, en la conversación del chat, la palabra «enseñamos» se utiliza como tiempo verbal de pasado, no de presente ni de futuro y, por tanto, su complemento directo son las fotos que fueron mostradas al testigo con anterioridad y que, al parecer, reconoció, pero no quiere decir que los investigados piensen que el testigo tenga forzosamente que reconocer fotos que le enseñen en el futuro inmediato de la declaración que iba a tener lugar".

El auto con el que la Sala de lo Civil y Penal ordenaba el pasado 15 de marzo reabrir las investigaciones resaltaba, entre otros hechos, cómo durante su penúltima declaración en el caso Cursach, el testigo refirió aspectos relacionados con la discoteca Tito’s acerca de supuestas fiestas con policías a los que se agasajaba con servicios de prostitución, alcohol y drogas, aspectos que en sus comparecencias anteriores no había mencionado. Una circunstancia que, señalaba la resolución, "facilita la sospecha de que no conocía estos datos, sino que le fueron sugeridos, o transmitidos, para posibilitar su declaración, reforzando así el bagaje incriminatorio".

Gómez, sin embargo, rebate tales afirmaciones al aseverar que "no consta en el chat ningún mensaje indicativo del propósito de los investigados de influir el contenido de las declaraciones del testigo protegido 26. Si en dicha declaración este declaró sobre distribución de droga y sobre las fiestas en la Sala VIP de Titos’, ello fue debido a que los entonces investigadores tuvieron noticia de estos hechos una vez hubo declarado sobre estos don Daniel Corral -ex testigo 29- y, por tanto, pudieron formular al testigo protegido 26 preguntas sobre dichos extremos".

"Esa supuesta «manipulación y utilización de testigos para fortalecer pruebas incriminatorias (...), de modo que la incorporación en este momento del testigo 26 al grupo de investigados seguiría la misma trayectoria que ha tenido lugar para los testigos 29, 31 y 31» a la que se refiere el auto de la Sala no resulta probada, ni siquiera a nivel indiciario".

GIRO DE 180 GRADOS RESPECTO A SUS DECLARACIONES PREVIAS

Por el contrario, el informe elaborado por la Policía Nacional sobre el testigo 26 recoge los pormenores de los episodios protagonizados en la causa por el trilero y relata cómo, desde el momento en el que el testigo irrumpió en el caso Cursach, iría "denunciando a los policías que el grupo organizado ahora investigado le habría indicado de forma repetida que reconociese y cómo, en el momento necesario, será llamado nuevamente para que apoye, con un giro de 180 grados respecto a sus declaraciones previas, la versión de otro testigo protegido, el 29, y de los propios miembros del grupo organizado".

Al igual que ya lo hiciera el pasado 1 de diciembre, Gómez sí deja a las puertas del banquillo a Penalva y a los cuatro policías por delitos de revelación de secretos y omisión del deber de perseguir delitos por presuntamente filtrar información del caso Cursach cuando éste se encontraba bajo secreto de sumario y no haber llevado a cabo actuación alguna para impedirlo. Se trata del único delito por el que Gómez considera que deben ser juzgados.

La decisión de exculparles de las presuntas coacciones a las que habrían sometido a varios testigos protegidos generó una cascada de recursos por parte de las distintas acusaciones, entre ellas la Fiscalía Anticorrupción de Madrid, que, bajo la consigna "quien instruye no puede juzgar", enumeraba de forma pormenorizada los indicios que apuntan a que juez y exfiscal enviaron de forma "premeditada" a prisión a varios investigados -a pesar de que "no existía ninguno de los presupuestos que exige la Ley para acordarla"-, prorrogaron deliberadamente sus detenciones y dirigieron a varios testigos protegidos para que declarasen de acuerdo a sus tesis.

Tras ello, la Sala de lo Civil y Penal del TSJIB ordenó el 15 de marzo que se citase a declarar de nuevo a los seis investigados a raíz de la supuesta inducción de testimonios y a uno de los testigos cuya declaración presuntamente guiaron para construir a la carta sus pesquisas. Durante sus respectivas comparecencias, todos ellos negaron haber presionado o amenazado a testigos para obtener declaraciones incriminatorias.

Entre medias, Subirán informó al TSJIB de que no se hallaba en situación de poder declarar de nuevo y solicitaba ser explorado por un forense. El dictamen médico desaconsejó su comparecencia a raíz de su estado de salud. Ahora, Gómez ha librado oficio al Instituto de Medicina Legal de Baleares para que remita al TSJIB partes trimestrales sobre el estado de salud del exfiscal, "debiendo en cada ocasión comparecer el señor Subirán con la documentación generada por el tratamiento que, en su caso, siga".

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Comentarios

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  • Cabrero - 20 de Abril de 2021 a las 11:28
    Estoy cansado de ver noticias de estos pájaros.. Que tienen dinero, no les va a pasar nada!
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  • Uff - 20 de Abril de 2021 a las 00:25
    Yo lo que no veo normal es que sea el mismo juez el que antes no veía nada, sea el que vuelva a decidir sobre el mismo caso. Igual que han enviado fiscales de Madrid, deberían enviar jueces de fuera de las Islas. Y el cado, mientras, sigue dilatandose en el tiempo.
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  • ciudadano - 19 de Abril de 2021 a las 22:04
    Asco y vergüenza
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  • El Empecinado - 19 de Abril de 2021 a las 19:33
    Repugnante! Una vergüenza.
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