Convocan ayudas para la rehabilitación energética de edificios en Baleares

Redacción | 27/12/2021

Convocan ayudas para la rehabilitación energética de edificios en Baleares. Las subvenciones para actuaciones del programa de rehabilitación energética en edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000) ya pueden ser solicitadas desde este lunes y hasta el 31 de diciembre de 2023.

Estas ayudas están destinadas a distribuirse entre municipios y núcleos de menos de 5.000 habitantes, que en las Islas Baleares son: Escorca, Estellencs, Banyalbufar, Deià, Fornalutx, Ariany, Búger, Costitx, Lloret de Vistalegre, es Migjorn Gran, Mancor del Valle, Santa Eugenia, Valldemossa, Puigpunyent, San Juan, María de la Salud, Llubí, Campanet, Petra, Montuïri, Sencelles, Villafranca de Bonany, Sineu, Selva, Consell y Ferreries. Por otro lado, también pueden ser beneficiarios los municipios de menos de 20.000 habitantes que cuentan con entidades menores de 5.000 habitantes: ses Salines, es Mercadal, San Juan de Labritja, San Luis, San Lorenzo de Es Cardassar, Formentera y Santanyí.

Cabe señalar que este listado queda expresamente supeditado a las publicaciones del INE y del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, como fuentes oficiales para la determinación de las cifras de habitantes y del carácter «no urbano» de los municipios de reto demográfico. Además, se podrán añadir, en su caso, los nuevos municipios que pudieran cumplir estos requisitos de reto demográfico después de las revisiones y actualizaciones que puedan ser publicadas en ambas fuentes oficiales con posterioridad y mientras permanezca vigente el programa de ayudas en los términos del artículo 4 de las bases.

El importe económico máximo de esta convocatoria es de 513.330 euros y las subvenciones se conceden con cargo al presupuesto de la Comunidad Autónoma para los ejercicios 2022, 2023, 2024 y 2025 con la siguiente distribución de anualidades:

- Año 2022: 80.830,00 €

- Año 2023: 200.000,00 €

- Año 2024: 200.000,00 €

- Año 2025: 32.500,00 €

El objetivo del PREE 5000 es dar un impulso a la sostenibilidad de la edificación en los municipios de menos de 5.000 habitantes mediante actuaciones que van desde cambios en la envolvente térmica a la sustitución de instalaciones de generación térmica con combustibles de origen fósil por generación térmica basada en fuentes renovables como la biomasa, la geotermia, la solar térmica o la bomba de calor y la incorporación de tecnologías de regulación y control, así como la mejora en la eficiencia energética en la iluminación .

Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las entidades, personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública, empresas o comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda, entre otros, en municipios de hasta 5.000 habitantes.

En este sentido, al poder ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública legalmente constituidas que sean propietarias de edificios existentes destinados a cualquier uso y que estén ubicados en las Islas Baleares, así como las comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda, que se ubiquen en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Illes Balears, constituidas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de propiedad horizontal.

Además, también pueden ser beneficiarios los propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil y no hayan otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal o las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios ubicados en las Islas Baleares. Las empresas de servicios energéticos (ESE), o proveedores de servicios energéticos deben actuar de conformidad con el contrato que tengan establecido al efecto con la propiedad, y deben llevar a cabo las inversiones incluidas en la tipología de proyectos recogidos en la misma convocatoria, y también deben acreditar su actuación como empresa de servicios energéticos y la inversión realizada en las Illes Balears.

Asimismo, las entidades locales, ayuntamientos, diputaciones provinciales o entidades locales equivalentes y las mancomunidades o agrupaciones de municipios españoles, capítulos y consejos insulares, las administraciones de las comunidades autónomas, y cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las referidas administraciones públicas, las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía también pueden acceder a la condición de beneficiarios para promover y gestionar la realización de actuaciones de rehabilitación energética.

Las solicitudes deben presentarse exclusivamente de forma telemática a través del trámite específico para subvenciones que debe ponerse a disposición de los interesados ​​en la web http://energia.caib.cat , que corresponde a la página web de la Dirección General de Energía y Cambio Climático.

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