Nuevas normas sobre el desplazamiento de los pasajeros en coche

Redacción | 25/03/2020

El Gobierno permite que dos pasajeros, incluido el conductor, viajen en el mismo coche. La condición es que uno se siente en la parte delantera del vehículo y el otro, en la trasera. Siempre con la máxima distancia posible entre ellos. Eso sí, el desplazamiento únicamente deberá realizarse por alguna de las causas de fuerza mayor fijadas en el Decreto que estableció el actual estado de alarma: sólo se podrá circular junto a otra persona si ésta sufre una discapacidad, es menor, cuenta con avanzada edad o si existe otra causa debidamente justificada.

Así lo ha indicado la secretaria general de Transportes en ocasión de la aclaración que el Ministerio ha efectuado sobre las limitaciones a la movilidad que se han aprobado en el marco de la actual crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus.

La nueva orden publicada en el BOE afecta al transporte público, privado complementario y particular de personas en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor. En virtud de la aclaración, se establece que en los trayectos "en los que deba viajar más de una persona en el vehículo, [el Gobierno] respetará que vaya como máximo una persona por cada fila de asientos, manteniéndose la mayor distancia posible entre los ocupantes.

Esta modificación se registra después de que este martes también se autorizara alquilar un coche en caso de tener que efectuar desplazamientos por causa de fuerza mayor permitidos. Hasta entonces, el acceso de los 'rent a car' estaban limitados para profesionales de transporte y repartidores.

Los desplazamientos que permite el Decreto

En concreto, los desplazamientos que permite el Decreto del estado de alarma son los siguientes:

Los que se realicen para comprar alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad
Para asistir a centros y servicios sanitarios
Los desplazamientos para acudir al trabajo
Para retornar al lugar de residencia habitual o para asistir y cuidar a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables
Para acudir a entidades financieras y de seguros y por "causas de fuerza mayor o situación de necesidad.

El modo como se puede viajar en coche es una de las cuestiones que más confusión e incertidumbre han suscitado desde que el pasado 14 de marzo de aprobara el Real Decreto 463/20 que regula el estado de alarma. Esto ha motivado que el Gobierno se haya visto obligado a introducir modificaciones.

La norma establece que, en caso de se incumplan las restricciones de circulación en coche, se impondrán sanciones. La cuantía mínima asciende a los 300 euros. La máxima, a los 1000 euros.

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