Estas son todas las restricciones que entran en vigor en los barrios confinados de Baleares este viernes

Redacción | 17/09/2020

Rastreadores del Ejército, requeridos por el Govern al Gobierno central para delimitar los brotes y hacer el seguimiento de los contagios.Clara Margais

La Conselleria de Salud de Baleares ya ha dictado la resolución que establece el aislamiento de nuevos barrios de Palma, Ibiza ciudad y Sant Antoni de Portmany desde las 22:00 horas de este viernes para frenar el incremento de contagios de coronavirus en las Islas.

BARRIOS CONFINADOS

En el caso de Palma, las nuevas restricciones afectan a la zona básica de Salud de Arquitecte Bennàssar y, en concreto, a todo el barrio de Son Fortesa Sur y partes de plaza de Toros, Arxiduc y Son Oliva

Este mapa muestra el perímetro que ocupan estos nuevos barrios de Palma confinados. Cabe destacar que las calles que forman el contorno no están incluidas en las restricciones.

En el caso de Ibiza, las barriadas afectadas son l'Eixample y Es Viver. Mientras que en buena parte de Sant Antoni de Portmany también se aplicarán restricciones de movilidad a partir del viernes.

Igual que en las áreas de Palma en las que ya se aplican nuevas restricciones -Son Gotleu, Can Capes, Soledat Nord y parte de Son Canals- las medidas entrarán en vigor a las 22:00 horas de este viernes y tendrán, en principio, una vigencia de 15 días.

VISITAS "PUERTA A PUERTA" PARA COMPROBAR QUE SE CUMPLE EL AISLAMIENTO

La directora general de Salud Pública ha explicado que las limitaciones de movimiento van acompañadas de una actuación de intervención domiciliaria y comunitaria.

Así, desde el Servei de Salud se comprueba "puerta a puerta" con visitas domiciliarias en las zonas con mayor densidad de población que se cumplen las medidas de aislamiento, así como para detectar las necesidades que los ciudadanos puedan tener para garantizar el cumplimiento de las cuarentenas.

La intervención comunitaria consiste en la información a pie de calle y a los establecimientos para explicar qué medidas pueden ayudar a reducir el incremento de contagios.

DESPLAZAMIENTOS PERSONALES

La resolución restringe la libre entrada y salida de personas en los barrios anunciados. Las excepciones son dos desplazamientos para la asistencia a centros y servicios sanitarios; el cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales o empresariales; la asistencia a centros docentes y educativos, incluidas las escoletas de educación infantil; la asistencia y cuidado de personas mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables; el desplazamiento a entidades financieras o de seguros; las actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales; las renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables, o para realizar exámenes o pruebas oficiales.

La circulación por las carreteras, calles y viales que transcurren o cruzan el núcleo de población aislado se permite siempre y cuando tengan su origen y destino fuera del núcleo

ESTABLECIMIENTOS, LOCALES COMERCIALES Y SERVICIOS

A todos los efectos, no podrá superarse el 50 % del aforo y todos los establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público tendrán  que cerrar como muy tarde a las 22:00 horas. Asimismo, establecerán un horario de atención prioritario para personas mayores de 65 años.

REUNIONES Y ENCUENTROS

La resolución prevé, entre otros aspectos, que las reuniones sociales no pueden superar las 5 personas si no son convivientes. Dicha prohibición incluye bodas, servicios religiosos -salvo las ceremonias fúnebres y velatorios-, celebraciones y la práctica deportiva.

No se considerarán incluidas en esta prohibición las actividades laborales ni los medios de transporte público.

Durante estos tipos de actividades se respetará la distancia mínima de seguridad interpersonal entre los no convivientes y la obligatoriedad del uso de mascarilla en su caso. Además, se recomienda evitar reunirse con personas con las que no se conviva.

LUGARES DE CULTO

Se suspende la actividad de los lugares de culto. Sí se podrán celebrar funerales, con un máximo de 15 personas.

FERIAS Y FIESTAS PATRONALES

Quedan prohibidas las ferias y fiestas populares, verbenas, "sopars a la fresca" y otros eventos populares, tanto de organización privada como municipal o insular.

ESTABLECIMIENTOS DE RESTAURACIÓN

Los restaurantes, bares y cafeterías no podrán superar el 50% de su aforo, tanto en espacios interiores como exteriores. Además, en cada mesa no podrán sentarse más de 5 personas. También queda prohibido el consumo en barra.

Todos los establecimientos de restauración (restaurantes y bares cafetería) tendrán que cerrar como muy tarde a las 22.00 horas.

ACADEMIAS, AUTOESCUELAS Y CENTROS DE FORMACIÓN

Estas actividades podrán impartirse de forma presencial, siempre y cuando no se supere el 50% del aforo. Las actividades que se realicen se limitarán a grupos máximos de cinco personas y se establecerán las oportunas medidas para mantener la distancia de seguridad interpersonal de metro y medio en sus instalaciones en todo momento.

SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES

Queda suspendida la actividad de los gimnasios y centros deportivos de todo tipo. También cerrarán los jardines, parques infantiles y locales de ocio infantil.

Se exceptúan de dicha suspensión los establecimientos y espacios cedidos por el Ayuntamiento a los centros docentes y educativos para desarrollar actividades docentes.

MEDIDAS DE PREVENCIÓN E HIGIENE

Asimismo, la resolución incluye un apartado en el que recuerda que deben respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención de la COVID-19, tales como la obligatoriedad de mantener en todo momento la distancia de seguridad interpersonal de, como mínimo, metro y medio entre personas no convivientes, así como el uso de la mascarilla, el lavado de manos, la correcta ventilación de locales y espacios cerrados, así como la limpieza y desinfección de superficies.

INFRACCIONES

Los incumplimientos de estas restricciones podrán suponer una infracción administrativa conforme a lo establecido en el Decreto Ley 11/2020, de 10 de julio, por el que se establece un régimen sancionador específico para hacer frente a los incumplimientos de las disposiciones dictadas para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19.

Sentimiento general

Si te equivocas de voto, puedes desmarcarlo volviendo a hacer clic en el voto erróneo.
3
Comentarios

Hola!, escribe un comentario para esta noticia.Comentar


  • Sonia - 18 de Septiembre de 2020 a las 09:59
    Porque dicen que también son oliva si luego en el mapa esta fuera de la zona???
    Responder
    0
  • Simoncin - 18 de Septiembre de 2020 a las 09:49
    Y de mientras algunos haciendo submarinismo
    Responder
    0
  • Angel Mallorca - 18 de Septiembre de 2020 a las 09:17
    Me parece patetico, las medidas, la gestión, y que se piensen que la gente hara caso despues de 3 meses confinados, por favor... que no somos ratas, ni confinamiento ni leches. Playa.
    Responder
    0
Lo más visto de la semana
Lo más comentado de la semana