El confinamiento de Manacor comienza esta medianoche

Redacción | 28/10/2020

Francisco José Villegas

El confinamiento de la localidad mallorquina de Manacor comienza este miércoles, a medianoche, después de que la Conselleria de Salud y Consumo decidiera este martes el perimetraje del municipio ante el aumento de casos de COVID-19 en los últimos días.

El confinamiento de Manacor durará, en un principio, quince días y se harán cribados masivos a personas de entre 25 y 45 años. En estas dos semanas, se restringe la entrada y salida de personas para frenar la propagación de la pandemia.

En este sentido, en Manacor la incidencia acumulada a 14 días es de 458 casos por 100.000 habitantes, la más elevada de Baleares; y la tasa de positividad es del 14,3%.

Además, los últimos 14 días se han diagnosticado 201 positivos, 150 de ellos los últimos siete días. Si se tiene en cuenta que, desde el inicio de la pandemia, en Manacor se han diagnosticado 576 casos, entonces esto implica que 1 de cada 4 casos han sido detectados en la última semana.

Además de los cribados voluntarios, se va a llevar a cabo a cabo un plan de acción comunitaria que incluye visitas a domicilios para detectar necesidades y ayudar a las familias a hacer un aislamiento correcto, visitas a establecimientos comerciales para sensibilizar sobre el cumplimiento de las medidas de seguridad y puntos de información a pie de calle.

En estos quince días hay una excepción, que se contempla en la orden de la Conselleria y tiene que ver con la festividad de Tots Sants. Así, se permiten las visitas al cementerio desde este jueves hasta el lunes.

El decreto publicado en el Boletín Oficial de les Illes Balears (BOIB) contempla limitaciones, por ejemplo, en la movilidad. Concretamente, se restringe la entrada y salida libres de personas en el núcleo urbano de Manacor, sin incluir el polígono.

Sólo se permiten los desplazamientos, justificados adecuadamente, que se produzcan por asistencia a centros sanitarios, farmacias, colegios, cumplimiento con las obligaciones laborales, cuidado de personas mayores y dependientes, así como para desplazarse a entidades financieras y de seguros.

También está permitido desplazarse para llevar a cabo actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales; para hacer renovaciones de permisos y documentación oficial; para hacer exámenes o pruebas oficiales inaplazables o por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

La circulación por las carreteras, las calles y viales que transcurren o atraviesan el núcleo de población se permite siempre que tengan origen y destino fuera de este núcleo.

Se permite la circulación de personas residentes dentro del perímetro afectado, respetando las medidas de protección individual y colectiva establecidas por las autoridades competentes, si bien se recomienda que la población permanezca en su casa.

Además, los contactos se deben limitar, en lo posible, a las personas que integran el grupo de convivencia habitual.

LOCALES Y ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES

Con carácter general, cualquier local o establecimiento comercial no puede superar el 50% de la capacidad autorizada o establecida.

Todos los establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público tienen como hora de cierre la legalmente autorizada, y no pueden superar en ningún caso las 22.00 horas. Además, se establece un horario de atención con servicio prioritario para personas mayores de 65 años.

Se prohíben los encuentros y reuniones de más de seis personas, tanto en el ámbito privado como en el ámbito público, excepto en el caso de las personas convivientes. Esta prohibición incluye las bodas y otras celebraciones y la práctica deportiva no federada.

No se consideran incluidas en esta prohibición las actividades laborales ni los medios de transporte público. En los velatorios y entierros pueden participar un máximo de 15 personas.

En las reuniones que concentren hasta seis personas en espacios públicos no se permite el consumo de alimentos ni bebidas. También se prohíbe el servicio de restauración a espacios interiores, excepto para la actividad de 'take-away'.

En espacios exteriores, los establecimientos que ejerzan la actividad de restaurante o de bar cafetería deben limitar el aforo al 50%. La disposición física de las mesas debe garantizar el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal de metro y medio.

Todos los establecimientos de restauración tienen como hora de cierre la legalmente autorizada, y no podrán superar en ningún caso las 22.00 horas. Asimismo, no se permite el consumo en la barra.

Las academias, autoescuelas y centros de formación pueden impartir las materias de forma presencial siempre que no superen una capacidad del 50% respecto del máximo permitido.

Las actividades que se lleven a cabo deben limitarse a grupos máximos de seis personas y se establecerán las medidas necesarias para mantener la distancia de seguridad interpersonal de un metro y medio.

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