Penas de hasta 24 años de prisión para los asesinos de Samuel Luiz

"El caso que conmocionó a España concluye con sentencias a seis acusados, la absolución de una mujer, y el reconocimiento de la discriminación por orientación sexual como agravante

Redacción | Mallorca, 08 de Enero de 2025 | 16:12h

La sección primera de la Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a penas de entre 20 y 24 años de prisión a los tres adultos responsables del asesinato de Samuel Luiz y a 10 años al cómplice. Asimismo, ha absuelto a la única mujer encausada en el caso.

LOS HECHOS: UN ASESINATO QUE CONMOCIONÓ A ESPAÑA

Samuel Luiz fue asesinado la madrugada del 3 de julio de 2021 frente a la playa de Riazor, en A Coruña.
Este miércoles, la resolución judicial ha puesto fin al caso, que involucraba a siete personas, de las cuales seis han sido condenadas –dos de ellas menores de edad– y una mujer ha sido absuelta.

El principal acusado, Diego Montaña, quien agredió a Samuel mientras gritaba "maricón", ha recibido la mayor condena: 24 años de prisión. Por su parte, Alejandro Freire 'Yumba' ha sido sentenciado a 20 años, mientras que Kaio Amaral Silva, además de los 17 años por asesinato, ha sumado 3 años y medio más por el robo del móvil de la víctima. Finalmente, Alejandro Míguez ha sido condenado a 10 años como cómplice.

Todos los condenados deberán indemnizar a la familia de Samuel Luiz con 304.000 euros y cumplirán 5 años de libertad vigilada tras su salida de prisión. Sin embargo, el fallo no es firme, ya que las partes pueden presentar un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.

PARTICIPACIÓN DE MENORES Y ABSOLUCIÓN

En el caso de los dos menores de edad involucrados, David Rodríguez 'Pompo' y Marco Figueras, ambos fueron condenados previamente a tres años y medio de internamiento, condena que cumplen este mes.

Por otro lado, Catherine 'Katy' Silva, la única mujer encausada, fue absuelta. El jurado determinó que "intentó apartar" a su entonces pareja, Diego Montaña, y que sus actos, tanto anteriores como posteriores, reflejan una intención de detener la agresión. La sentencia aplicó el principio 'in dubio pro reo' al considerar que existía duda razonable sobre su participación.

GRADOS DE RESPONSABILIDAD Y CONDICIONES DE LAS PENAS

La magistrada Elena Pastor explicó las razones detrás de las penas impuestas. Consideró que la participación de Diego Montaña y 'Yumba' fue de especial gravedad, mientras que Kaio Amaral Silva tuvo una menor intervención, aunque suficiente para justificar una pena significativa. En el caso de Alejandro Míguez, aunque no se probó que agrediera físicamente a Samuel, su presencia y conducta obstaculizaron la defensa de la víctima y favorecieron la agresión.

AGRAVANTES Y DESCARTES

La sentencia incluye la alevosía como agravante, debido a la imposibilidad de defensa por parte de la víctima, pero descarta el ensañamiento, ya que la autopsia reveló que todos los golpes recibidos fueron necesarios para causar la muerte.

En el caso de Diego Montaña, se sumó la discriminación por orientación sexual como agravante, mientras que se rechazaron las atenuantes de consumo de drogas y alcohol para todos los acusados.

UN PROCESO RESPALDADO POR EL JURADO POPULAR

El fallo se basa en los hechos declarados probados por el jurado popular, cuya motivación fue considerada suficiente. Ninguna de las partes solicitó la devolución del veredicto en su momento, lo que confirma la conformidad con la motivación del mismo.

Esta sentencia pone fin a uno de los casos más mediáticos y sensibles de los últimos años, marcando un precedente en la lucha contra los crímenes motivados por la discriminación y el odio.

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