La ley del 'solo sí es sí' rebaja 46 condenas a agresores sexuales en Mallorca
Redacción | 28/02/2023
La Audiencia de Palma ha rebajado 46 condenas a agresores sexuales tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual, denominada ley del sí es sí.
La Audiencia de Palma ha estudiado hasta este martes un total de 111 asuntos susceptibles de revisión, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) en una nota.
Los magistrados han dictaminado que en 65 de estos casos no procede la revisión y en 46 sí procede la revisión.
En concreto, la sección primera de la Audiencia de Palma no ha modificado 39 asuntos y sí ha rebajado 21 condenas, mientras que la sección segunda no ha cambiado 26 y sí ha rebajado 25 casos. Hasta este martes se han producido un total de seis excarcelaciones.
La Audiencia tiene todavía pendientes de revisar una veintena de procedimientos de este tipo.
CERCA DE 600 CONDENADOS SE HAN BENEFICIADO DE LA NUEVA LEY EN ESPAÑA
La 'ley del solo sí es sí' ya ha beneficiado a 582 condenados por delitos sexuales en España.
Desde el 7 de octubre, cuando entró en vigor la reforma del Código Penal, se ha ordenado la excarcelación de 50 personas.
En las modificaciones acordadas hasta ahora, los magistrados explican que estas revisiones a la baja se hacen porque el propio Código Penal, en su artículo 2.2, establece que siempre deberá aplicarse la ley "más favorable" al reo.
La ley del 'solo sí es sí' ha provocado que el delito de agresión sexual absorba al de abuso sexual, lo que significa que un delito que hasta ahora recogía una conducta más grave incorpore una de menor gravedad, por lo que la horquilla penal también se ha ampliado para abarcar todo el abanico de comportamientos penados ahora como agresión sexual.
Todo apunta a que el número de casos en los que se aplican las rebajas seguirá creciendo ante las revisiones pendientes en todas las comunidades autónomas.
Cabe recordar que el Tribunal Supremo aseguró en su sentencia sobre el 'caso Arandina' que la aplicación de la Ley Orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual es "obligatoria" por ser "más favorable" al reo.
El alto tribunal tuvo que hacer uso de la modificación penal al revisar la sentencia del 'caso Arandina' y condenó a 9 años de cárcel --y no a 10, como pedía la Fiscalía-- a dos exjugadores de ese club de fútbol al aplicar la ley del 'solo sí es sí'.
Los magistrados elevaron las penas --desde los 4 y 3 años que había fijado el TSJ de Castilla y León-- tras eliminar el atenuante que se había apreciado por la cercanía de edad y madurez entre condenados y víctima.
Hasta ahora, el Supremo ha deliberado sobre los recursos de casación presentados contra 23 sentencias. En 14 de los casos ha acordado mantener las penas impuestas; y en las otras 9 ha estimado pertinente rebajar las penas de prisión por ser más favorable para los condenados. En total, son ya 12 los condenados beneficiados en el alto tribunal por la reforma penal.