La jueza ratifica las prácticas ilegales de Penalva y Subirán en el caso Cursach

Esther Ballesteros | 10/01/2020

La jueza Carmen Abrines, que investiga las prácticas presuntamente delictivas de las que el juez Manuel Penalva y el fiscal Miguel Ángel Subirán habrían hecho uso para instruir el caso Cursach, acusa a ambos de prevaricar, acordar de forma "deliberada e injustificada" detenciones ilegales y de filtrar de forma continuada a determinados medios de comunicación informes policiales y actuaciones judiciales que se encontraban bajo secreto sumarial.

Así lo expone en la exposición razonada de 25 páginas que acaba de elevar al Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB), a la que ha tenido acceso Crónica Balear, para que éste asuma las investigaciones a tenor de los numerosos y "sólidos" indicios de criminalidad que pesan contra Penalva y Subirán.

La magistrada analiza, delito a delito, las presuntas irregularidades en las que ambos incurrieron a la hora de instruir el caso Cursach "en íntima conexión" con varios agentes del grupo de Blanqueo de la Policía Nacional. Unos hechos "indiciariamente acreditados" que la jueza considera necesario investigar y que, al ser Subirán y Penalva aforados, estima que deben ser instruidos por la máxima instancia judicial de las islas.

Entre las actuaciones sobre las que hace especial hincapié se encuentra la forma en que ambos habrían creado intencionadamente "circunstancias" en las que poder apoyar las medidas cautelares dictadas contra varios de los investigados en la causa. Eincide en cómo Penalva y Subirán habrían acordado la postergación de distintas declaraciones testificales así como distintos requerimientos de documentación que, mientras tanto, "les permitiría justificar la prisión provisional" de los detenidos.

Alude, en este sentido, al arresto del empresario Antoni Roig (quien se encontraba detenido en la Jefatura de Policía como consecuencia de la supuesta manipulación del concurso de la ORA), del exgerente del Instituto Municipal de Deportes (IME) Antoni Ramis y del exjefe de mantenimiento de los polideportivos municipales Alberto Serna.

Al respecto, recuerda el contenido de un informe de la Policía Nacional que señalaba que, en relación a estos arrestos, salieron a la luz datos de los que se infiere la presunta comisión de delitos de prevaricación y detención ilegal. Unas prácticas que derivaron, finalmente, en el ingreso en prisión provisional de Roig, Ramis y Serna.

No en vano, la instructora recoge varias conversaciones vertidas en el grupo de whatsapp que juez, fiscal y agentes de Blanqueo mantenían abierto en paralelo a la instrucción del caso Cursach. Y recuerda cómo el mismo día de las detenciones, el 24 de enero de 2017, el subinspector del grupo de Blanqueo sugirió la posibilidad de acordar la prisión de uno de ellos -"y Serna 'pal' talego si puede ser".

Retraso de declaraciones por parte de Penalva y Subirán

La jueza afirma que lo plasmado en tales conversaciones se habría concretado después en actuaciones "formalmente dirigidas a solicitar documentación y a retrasar declaraciones testificales". Y ello a tenor de diversas expresiones de quien parece ser Penalva: "no hay excesiva prisa, que cuando lo tengamos todo ya no hay razón para la prisión", "se me ocurre que si queremos acordar una prisión quizás es un error hacer los testigos mañana" y la necesidad de actuar "a fuego lento".

Asimismo, la magistrada apunta a que Penalva y Subirán incurrieron en un delito de revelación de secretos al filtrar a la prensa informaciones declaradas secreta o, sin serlo antes de que hubieran dado traslado de las mismas a las partes personadas, "con el consiguiente perjuicio para las partes y el ejercicio del derecho de defensa".

Y aunque asevera que, tratándose de una macro causa con más de una veintena de partes personadas, "resulta difícil poder determinar el origen de la filtración cuando son tantos los operadores jurídicos que intervienen en los procedimientos judiciales (...), el círculo se reduce cuando las filtraciones tienen lugar una vez declarado el secreto de las actuaciones".

No en vano, afirma que en el periodo en el que se produjeron tales filtraciones únicamente podían tener acceso a las pesquisas el juez instructor, el fiscal anticorrupción encargado del caso y los miembros del grupo de Blanqueo.

Descarta la existencia de un grupo criminal y las coacciones a testigos

En contraste con todo lo apuntado en la exposición razonada, la jueza no aprecia la
existencia de los indicios "claros, serios y fundados" de que los investigadores conformasen una organización criminal. La instructora indica, en este contexto, que el grupo de whatsapp creado por todos ellos, "como ha quedo acreditado" a través de las declaraciones de los integrantes de Blanqueo así como por el propio contenido de buena parte de sus mensajes, "era esencialmente un grupo de trabajo".

En esta línea, recalca que, al margen de las prácticas presuntamente irregularidades que han salido a la luz, "existió una labor de investigación que tampoco se puede obviar".

E incide en que "lo mismo cabe decir respecto a las presuntas coacciones a testigos". La magistrada profundiza al respecto y señala que en las conversaciones extraídas del chat y en diferentes declaraciones de testigos, en contra de lo manifestado por varios atestados policiales y por las acusaciones del caso "no se aprecia ni intimidación, ni coacción ni inducción a ningún falseamiento de la realidad".

"No podemos olvidar que esta causa es muy compleja y que los testigos han sufrido mucha presión", sentencia Abrines.

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