Tatuajes en la Guardia Civil: qué se podrán tatuar los agentes y dónde

Redacción | 10/02/2021

La Guardia Civil ha retomado los trabajos para ultimar la norma interna que permita finalmente a los agentes lucir tatuajes, siempre que no comprometan la neutralidad política o sindical ni contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales o que reflejen motivos obscenos e inciten al odio.

La propuesta los prohíbe en manos, cabeza y cuello, aunque se permiten en brazos y piernas siempre que sean de tamaño moderado.

Así consta en el borrador de real decreto, que regulará el uso general del uniforme y que la Dirección General ha entregado ya a las asociaciones profesionales.

En septiembre de 2018, al poco de llegar al Ministerio del Interior, Fernando Grande-Marlaska ordenó al entonces director de la Guardia Civil, Félix Azón, que retirara el proyecto del anterior equipo ministerial para buscar el consenso sobre la regulación del aspecto físico de los agentes, sobre todo tras las protestas internas.

Fuentes de la Guardia Civil han señalado que se está trabajando en el grupo de trabajo de uniformidad y que la voluntad es aprobar el borrador con el consenso de las asociaciones profesionales. El texto mantiene la prohibición de lucir argollas y realizarse perforaciones que sean visibles con el uniforme, además de limitar el uso de pendientes al personal femenino.

Como regla general, no obstante, prevalece la prohibición de lucir tatuajes en manos, cabeza y cuello, aunque se permiten aquellos que permanezcan ocultos vistiendo las distintas modalidades de uniforme de uso general en la Guardia Civil, "siempre que no reflejen motivos o expresiones prohibidas".

El texto recoge que el área tatuada, "individualmente o en su conjunto en caso de que existan varias", no supere los 70 centímetros cuadrados de piel en cada extremidad para que puedan ser visibles en brazos y piernas vistiendo el uniforme de la Guardia Civil.

La Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) ha mostrado su rechazo a la actual redacción, que consideran una "involución" porque regula aspectos que no están expresamente prohibidos en la actualidad, como es el caso de lucir tatuajes en manos, cuello o cabeza. También cuestionan el límite de 70 centímetros en el tamaño de los tatuajes en piernas y brazos.

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