¿Qué pasará con los perros peligrosos y la ley animal?

EFE | 17/03/2023

Al contrario de lo que estaba inicialmente previsto en la ley de bienestar animal definitivamente aprobada, los perros potencialmente peligrosos seguirán acogidos a la norma que los regula desde hace casi 25 años, y que establece su clasificación por razas y no por comportamiento individualizado de los ejemplares.

Para los grupos progresistas la clasificación por razas no es objetiva porque "estigmatiza" a animales cuyos comportamientos no son peligrosos aunque pertenezcan a una raza considerada como tal, aunque finalmente estos animales seguirán acogidos a la misma normativa que hasta ahora.

Actualmente el listado de perros potencialmente peligrosos (PPP) incluye a las siguientes categorías: Pit Bull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American Staffodshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu y Akita Inu.

La ley 50/1999 sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales peligrosos que seguirá en vigor incluye dentro de esa lista a las estirpes de determinada "tipología racial, carácter agresivo, tamaño o potencia de mandíbula con capacidad de causar la muerte o lesiones".

Los grupos progresistas argumentan que existe sin embargo un amplio consenso en el sector veterinario y científico respecto a la conveniencia de regular la peligrosidad de los perros por su comportamiento individualizado y no solo por la raza a la que pertenecen.

Para identificar a los animales de "especial manejo" según el proyecto de ley de bienestar animal aprobado se incluía en el texto original la necesidad de realizar junto con sus propietarios un "test" o prueba para valorar su aptitud a la hora de desenvolverse en el ámbito social.

En el texto aprobado finalmente, tal como recoge el mismo, según el Boletín Oficial de las Cortes generales, se ha producido "una incongruencia"; por un lado se ha suprimido con una enmienda el apartado del artículo 30 que hace referencia a la previsión de "un test" de aptitud de los perros para desenvolverse en el ámbito social. Sin embargo, al mismo tiempo se ha aprobado otra enmienda en la que se incluye el inciso siguiente: "tras los test para valorar su aptitud para desenvolverse en el ámbito social previstos en el artículo 30.3", en referencia a los animales de compañía en espacios abiertos.

En concreto se señala: "Los lugares y espacios privados en que se desenvuelven habitualmente los perros que, tras los test para valorar su aptitud para desenvolverse en el ámbito social previstos en el artículo 24.3 fueran calificados como de manejo especial, deberán disponer de condiciones de seguridad suficientes para evitar fugas o posibles agresiones".

En los planes iniciales con la nueva ley animal estaba el de derogar la normativa específica de perros potencialmente peligrosos para ser sustituida por una regulación acorde a actitudes concretas de los animales.

En el último trámite antes de llegar al Senado el proyecto de ley de bienestar animal, Unidas Podemos presentó una enmienda para no derogar la normativa de perros potencialmente peligrosos, y que al coincidir curiosamente con las demandas del PP fue aprobada con el apoyo de este grupo y la abstención de Vox, y el rechazo del grupo socialista.

Al plantearse por separado la no derogación de dicha normativa de animales peligrosos en una enmienda sin incluirse en el mismo texto cómo sería reglamentariamente sustituido lo anulado, lo único que salió adelante fue que se mantendría la reglamentación vigente, explican fuentes parlamentarias.

Sobre dicha enmienda dijo en su día el Ministerio de Derechos Sociales que necesitaría "ser ajustada con carácter técnico en el Senado y en reglamentos posteriores para darle la misma coherencia que tenía originalmente cuando salió del Consejo de Ministros".

Lo que ha incluido definitivamente la ley de bienestar animal aprobada por otra parte, es una ampliación de la obligatoriedad del seguro de responsabilidad civil por daños a terceros también a los ejemplares que no sean potencialmente peligrosos y se incluirá en su cobertura a los responsables del animal.

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