¿Es obligatorio llevar casco cuando conducimos un patinete eléctrico?

Restricciones de circulación, requisitos técnicos y nuevas obligaciones para los usuarios

Alicia Romero | Mallorca, 26 de Febrero de 2025 | 16:50h

El uso del casco en patinetes eléctricos siempre ha generado cierta confusión en sus usuarios porque, a pesar de que la DGT no especifica que sea obligatorio su uso (aunque sí se aconseja), los ayuntamientos de cada municipio pueden obligar a llevarlo. Sin embargo, la Dirección General de Tráfico (DGT) tiene previsto modificar la norma en breve, tal y como anunció hace unos meses. 

La Ley de Tráfico, en su artículo 47, establece que "el conductor de un vehículo de movilidad personal estará obligado a utilizar casco de protección en los términos que reglamentariamente se determine". Sin embargo, la obligatoriedad del uso de casco cuando se conduce un patinete eléctrico es competencia de los ayuntamientos, por lo que a pesar de que siempre surjan muchas duda, la DGT aconseja utilizarlo. 

Lo que sí está prohibido por la DGT es:

  • Circular dos o más personas en un mismo VMP.
  • Circular por aceras y zonas peatonales.
  • Pasar por pasos de travesía, autopistas, autovías, vías interurbanas o túneles en ámbito urbano.
  • Si en los lugares prohibidos hay un carril destinado a peatones, los usuarios de patinetes deben bajarse e ir andando por ellos junto a su vehículo personal.
  • Los patinetes eléctricos sí pueden circular por las zonas especialmente indicadas y señalizadas, que dependen de ordenanzas municipales.
  • La velocidad máxima de desplazamiento es de 25 km/h y la mínima de 6 km/h.
  • De tener un asiento o sillín, solo puede haber uno y con sistema de autoequilibrado.
  • Los usuarios de patinetes eléctricos deben cumplir las mismas normas de circulación que el resto de conductores.
  • En cuanto al consumo de alcohol, no se puede superar la cantidad de 0,26 mg/l de alcohol en sangre.
  • Tiene que tener luces y el usuario portar prendas reflectantes.
  • No se pueden usar elementos tecnológicos o de otro tipo que distraigan o entorpezcan la escucha de lo que ocurre a tu alrededor. Por ello, la DGT prohíbe llevar puestos auriculares o usar el móvil.

NORMATIVA ESPECÍFICA EN PALMA

Cada municipio puede establecer restricciones adicionales. En Palma, las normas para los VMP incluyen:

  • No se permite circular por las vías de la ciudad con vehículos de movilidad personal si no cumplen los requisitos técnicos de certificación establecidos o los requerimientos de homologación previstos a la normativa aplicable.
  • Se prohíbe la circulación de los VMP por las aceras, las plazas, los parques, los jardines y otros espacios públicos destinados en exclusiva a los peatones.
  • Se tienen que respetar en todo momento las normas generales de circulación establecidas tanto en la Ordenanza de circulación como la normativa y la legislación de tráfico, circulación de vehículos y seguridad vial.
  • No se puede circular con auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido.
  • No se puede circular utilizando dispositivos de telefonía móvil.
  • No se puede circular con tasas de alcohol superiores a las establecidas por la normativa general de tráfico o bajo los efectos de drogas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.
  • No se puede circular con acompañante.
  • La edad mínima permitida para circular con un VMP por las vías y los espacios públicos es de 15 años.
  • Los VMP que circulen por cualquier calzada tienen que disponer de timbre, sistema de frenado, luces y elementos reflectantes homologados, y la persona que los utilice tiene que mantenerse derecha y llevar un chaleco o algún elemento reflectante rodeando el cuerpo. Se recomienda a los conductores que utilicen casco homologado y dispongan de un seguro de responsabilidad civil.
  • En los pasos de ciclista se debe reducir la velocidad a paso de peatón y pasar cuando los vehículos de la calzada los puedan ver.
  • Cuando se circule se llevarán encendidas las luces para mejorar su visualización por parte de los demás usuarios de la vía.

CARACTERÍSTICAS OBLIGATORIAS DE LOS VMP

Todos los Vehículos de Movilidad Personal deben contar con un certificado de circulación que garantice el cumplimiento de los requisitos técnicos nacionales e internacionales. Sus características son:

  • Vehículo de una o más ruedas, de una sola plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos.
  • Velocidad máxima entre 6 y 25 km/h.
  • No pueden llevar sillín, salvo que dispongan de sistema de autoequilibrado.
  • Baterías permitidas hasta 100 VCC y cargadores hasta 240 VCA.
  • Deben contar con dos frenos independientes.
  • Deben incluir un control de velocidad máxima.

Con estas regulaciones, se busca garantizar una movilidad segura y ordenada en las ciudades, minimizando riesgos tanto para los usuarios como para el resto de peatones y conductores.

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