Las once novedades sobre la ley de vivienda

EFE | 14/04/2023

El acuerdo del Gobierno con ERC y Bildu que permitirá aprobar en el Congreso la ley de vivienda introduce once novedades de calado respecto al texto que llegó al parlamento el año pasado, entre ellas que el tope en la subida de los alquileres en zonas tensionadas afectará también a las viviendas que salgan nuevas al mercado.

Según han informado las partes estas son las once principales novedades:

1. Se fija un tope extraordinario del 3 % en la subida de todos los alquileres para 2024 y, antes del 31 de diciembre de 2024, el INE definirá un nuevo índice de precios de referencia que no superará el IPC (se creará para ello un grupo de trabajo).

2. La ley permite que las comunidades autónomas regulen todos los alquileres en las áreas tensionadas, no solo los de los grandes tenedores. Habrá contención de rentas para todos mediante la indexación a la renta anterior en vigor para los pequeños propietarios y mediante la aplicación del índice de contención de precios para los grandes tenedores.

3. Se amplía a grandes tenedores personas físicas, y no solo jurídicas, la aplicación de la limitación de los precios referenciada al sistema de índices de precios en áreas tensionadas.

4. Para declarar un área tensionada basta con que se cumpla una de estas dos condiciones (no las dos): que la carga media del coste de la hipoteca o del alquiler más los gastos y suministros básicos supere el 30 % de la renta media de los hogares o que el precio de compra o que el alquiler de la vivienda haya aumentado al menos tres puntos por encima del IPC en los cinco años anteriores a la declaración de área tensionada.

5. Se rebaja de diez a cinco el número de viviendas que debe tener un propietario en una misma zona tensionada para ser considerado 'gran tenedor'.

6. Se podrán aplicar los límites del índice de referencia de precios a las nuevas viviendas que no hayan estado alquiladas en los últimos cinco años, si así se establece en la declaración de zona tensionada.

7. Podrá aplicarse una prórroga extraordinaria de un año por situaciones acreditadas de vulnerabilidad social o económica en los contratos de arrendamiento de vivienda.

8. Se incorporan nuevas medidas de protección contra los desahucios de familias vulnerables sin alternativa habitacional. Se aplicará un sistema de arbitraje que propicie el acuerdo entre arrendador y arrendatario. De no haber acuerdo, se concede el tiempo necesario para que los servicios sociales puedan ofrecer soluciones habitacionales y se habilita al juez a establecer plazos superiores.

9. Los gastos y honorarios inmobiliarios producidos por el alquiler de un inmueble correrán siempre a cargo del propietario.

10. Se elimina el IPC como índice de referencia para la actualización anual de la renta de los contratos.

11. Los porcentajes de reserva de suelo para vivienda protegida aumentan del 30 % al 40 % en el suelo urbanizable (actuaciones de nueva urbanización) y del 10 % al 20 % en suelo urbano no consolidado (actuaciones de reforma o renovación de la urbanización) para impulsar la vivienda protegida en alquiler a precio limitado.

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Comentarios

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  • Yo mismo - 15 de Abril de 2023 a las 08:58
    Muchas personas que no pueden adquirir una vivienda, están viviendo de alquiler de pequeños propietarios. Ese alquiler se destina en una parte al mantenimiento de la vivienda. Ahora sí que habrá un problema de vivienda. No pienso alquilar. Venderé en cuanto pueda.
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  • De aquí - 14 de Abril de 2023 a las 17:12
    Lo que van a conseguir es que muchas viviendas salgan del mercado. Se piensan que las políticas "sociales" se tienen que hacer a costa de los inmuebles que mucha gente ha conseguido adquirir con mucho, mucho esfuerzo y que para mucha gente mayor es un complemento a su ridícula pensión. Los que se hacen ricos con alquileres son 4 gatos
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