La Justicia desestima el recurso de Junqueras para recuperar su escaño en la Eurocámara

EFE | 22/12/2022

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea acabó este jueves definitivamente con las opciones del presidente de ERC, Oriol Junqueras, de acceder a un escaño como eurodiputado, al desestimar en última instancia el recurso que interpuso contra la Eurocámara por negárselo en enero de 2020.

Los jueces desestimaron el recurso, al considerar que "la expiración del mandato de diputado europeo como consecuencia de una condena penal, constituye efectivamente un caso de anulación de mandato".

El Parlamento Europeo tomó nota en su sesión plenaria de enero de 2020 de la decisión del Tribunal Supremo (TS) de declarar vacante el escaño de Junqueras por haber quedado inhabilitado para cargo público tras la sentencia del procés.

El TS consideró entonces que no debía permitir a Junqueras desplazarse hasta la sede del Parlamento Europeo, ni acordar su libertad tras la sentencia que el TJUE dictó el 19 de diciembre de 2019 señalando que el exvicepresidente catalán gozaba de inmunidad en el inicio de la actual legislatura europea, y por tanto, tendría que haber podido salir de la prisión, donde se encontraba en situación provisional a la espera del fallo del 1-0.

El TS consideró que, a pesar de aquella sentencia de la justicia europea, ya había condenado a Junqueras previamente, el 14 de octubre de 2019, a 13 años de cárcel por los delitos de sedición y malversación, por lo que ya no cabía la posibilidad de dejarle cumplir su mandato de eurodiputado.

Un decisión que la Junta Electoral Central trasladó al Parlamento Europeo en enero de 2020 y que acató el entonces presidente David Sassoli.

Junqueras interpuso entonces un recurso contra la Eurocámara que desestimó en primera instancia el Tribunal General de la UE, en una decisión que hoy confirmó el TJUE.

El tribunal con sede en Luxemburgo dijo hoy que "el procedimiento electoral sigue rigiéndose por el Derecho nacional" y subrayó que "en contra" de lo que sostiene Junqueras "este procedimiento no se refiere únicamente a las normas de votación y de atribución de los mandatos, sino también a las normas relativas a la elegibilidad de los miembros del Parlamento".

"De ello se deduce que la inelegibilidad que dio lugar a la anulación del mandato del Sr. Junqueras i Vies en aplicación de la Ley electoral española forma efectivamente parte del «procedimiento electoral» regido por el Derecho nacional, cuyo respeto no corresponde controlar al Parlamento", apuntó el TJUE.

Sassoli se limitó a trasladar a la Eurocámara la decisión del TS de anular el mandato de Junqueras en una declaración que, según los jueces, fue meramente informativa, por lo que "no podía ser objeto de un recurso de anulación".

El TJUE confirmó que el recurso del líder de ERC "es inadmisible y debe desestimarse por inoperante".

Sentimiento general

Si te equivocas de voto, puedes desmarcarlo volviendo a hacer clic en el voto erróneo.
5
Comentarios

Hola!, escribe un comentario para esta noticia.Comentar


  • Sara - 23 de Diciembre de 2022 a las 12:06
    Qué cosa más horrorosa , parece un troll !! Y encima creo que se ha tomado unos cubatas , va ciego !! Mirarle los ojos , madre míaaaaaa
    Responder
    0
  • Pepet - 22 de Diciembre de 2022 a las 23:17
    Delincuente y caradura...
    Responder
    1
  • - 22 de Diciembre de 2022 a las 15:00
    Deja ya la política , payaso !!
    Responder
    2
  • Puput - 22 de Diciembre de 2022 a las 14:05
    Jajajajjajajajajajjajajajajjajajajajjqjqjajajajjajajjaajjajajjajajajajajjajajajjajajajajajjajajjajajajjajajajajjajajajjajjjajajajjajajajjajaj búscate trabajo …
    Responder
    3
  • Ordenada. - 22 de Diciembre de 2022 a las 12:58
    Anda, raza superior y delincuente,
    ZASSSS EN TODA LA BOCA
    Responder
    3
Lo más visto de la semana
Lo más comentado de la semana