¿Pagas una cuota mensual obligatoria por el colegio de tu hijo? Deberías saber esto
El impacto económico de estas contribuciones sobre las familias asciende a mil millones de euros anuales
Penélope O. Álvarez | 01/10/2024
Se ha normalizado en España que la educación en colegios concertados sea de pago cuando la realidad es que obligar a los padres a abonar cierta cantidad de dinero para que su hijo esté escolarizado es ilegal.
Así lo ha recordado eldiario.es en un artículo publicado esta mañana que se basa en la novena edición del estudio de la asociación de colegios privados Cicae. De este, se ha concluido que las cuotas mensuales en los centros privados subvencionados que operan como empresas alcanzan los 108,38 euros, mientras que en aquellos gestionados por congregaciones religiosas, fundaciones o cooperativas, el importe desciende a 83,48 euros.
El informe revela que un 79,4% de los 321 colegios concertados analizados en siete comunidades autónomas imponen una cuota base a las familias y en el 72% de los casos, esta cuota no es opcional, lo cual infringe la normativa que garantiza la gratuidad de la educación pública.
El impacto económico de estas cuotas sobre las familias asciende a mil millones de euros anuales, con un coste medio anual que varía entre 680 y 860 euros, dependiendo de la inclusión de servicios como el comedor, según un estudio de EsadeEcPol basado en encuestas del Instituto Nacional de Estadística (INE).
Este estudio de la Cicae ha encontrado que los colegios que operan como sociedades mercantiles son los que imponen las cuotas más altas a las familias, con un promedio de 108,38 euros al mes, cifra que asciende a 149 euros si se excluyen las cooperativas. Las cuotas son más elevadas en las sociedades comanditarias, que promedian 195 euros, seguidas de las sociedades anónimas y de responsabilidad limitada. Los colegios sin ánimo de lucro, por otro lado, suelen cobrar una media de 83,48 euros mensuales, cifra que desciende a 60,10 euros en el caso de los colegios religiosos. Las fundaciones tienen un promedio de 115 euros, y las cooperativas de interés social, 137 euros al mes.
En general, el estudio indica que el 72% de los colegios concertados informan a las familias que el pago de la cuota es obligatorio, lo que contradice la normativa sobre la gratuidad de la educación.
¿POR QUÉ ES ILEGAL QUE TE COBREN UNA CUOTA DE FORMA OBLIGATORIA EN EL COLEGIO DE TU HIJO?
La Ley Orgánica de Educación (LOE), específicamente en su artículo 88, establece en la Ley 2/2006, de 3 de mayo, que “los centros públicos y privados concertados no pueden, bajo ninguna circunstancia, cobrar a las familias por proporcionar enseñanzas que deberían ser gratuitas. Tampoco pueden obligar a las familias a realizar contribuciones a fundaciones o asociaciones, ni imponer la contratación de servicios obligatorios relacionados con la educación que requieran un aporte económico de los alumnos”.
Asimismo, conforme a lo estipulado en el artículo 51 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, que regula el Derecho a la Educación (LODE), se exceptúan de estas disposiciones las actividades extraescolares, las actividades complementarias y los servicios escolares, los cuales deben ser siempre de carácter voluntario.