La Justicia reconoce el derecho de los afectados por el 'dieselgate' a ser indemnizados

Redacción | 27/03/2023

Los clientes afectados por el denominado dieselgate tienen derecho a una indemnización conforme a la resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que obliga a las empresas fabricantes de automóviles a compensar a los clientes que fueron engañados al adquirir un vehículo con el motor trucado para simular menos emisiones contaminantes de las reales.

El Alto Tribunal Europeo indica que el comprador estafado tiene derecho a ser indemnizado por el fabricante de automóviles si el dispositivo ilícito ha causado un daño al comprador porque el Derecho de la Unión Europea defiende también los intereses particulares del cliente individual, y no solo regula la homologación de motores y los límites de emisiones de óxidos de nitrógeno.

PROTECCIÓN AL CLIENTE FRENTE A INCUMPLIMIENTOS DEL FABRICANTE

La sentencia estima que la directiva marco sobre homologación de motores de automóviles establece un vínculo entre el fabricante y el comprador porque el primero debe proporcionar en el momento de la compra un certificado de conformidad obligatorio donde se acredita que el vehículo reúne las normas de la Unión en el momento de su fabricación.

Este certificado protege al comprador frente al incumplimiento del fabricante y le garantiza que adquiere un vehículo que cumple la legislación comunitaria.

El TJUE concluye que en este caso se debe proteger también al cliente frente a un productor o fabricante de automóviles que equipa el vehículo con un dispositivo prohibido.

Los Estados miembros de la Unión Europea están obligados a prever que el comprador del vehículo goce de un derecho a ser indemnizado por el fabricante del automóvil.

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