25 años de internamiento psiquiátrico por asesinar y profanar el cadáver de su novia

El hombre estaba "convencido" de que su pareja "estaba embarazada del diablo"

EFE | Mallorca, 22 de Enero de 2026 | 02:00h

La sección sexta de la Audiencia de Bizkaia ha impuesto, por acuerdo entre las partes, al joven acusado de asesinar y profanar el cadáver de su novia durante un brote psicótico en Bilbao, una medida de seguridad de internamiento por un máximo de 25 años y 5 meses en un centro penitenciario psiquiátrico, al considerar la eximente completa por enfermedad mental.

El 12 de septiembre de 2024, el joven P.V.C. de 34 años abordó de manera sorpresiva a su novia Yanely en el piso que ambos compartían en el barrio de Santutxu, en Bilbao y, tras golpearle la cabeza, la asesinó seccionándole el cuello y después, acometió una agresión brutal sobre el cuerpo de la mujer asestándole múltiples cortes y mutilaciones de miembros y órganos.

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Según el relato de hechos considerados probados, el hombre acometió el crimen "convencido" de que su pareja "estaba embarazada del diablo" y de que "debía extraerle del vientre a los niños del demonio".

En ese momento, "el encausado presentaba un cuadro psicótico muy productivo con una pérdida de contacto total con la realidad, suponiendo una alteración psicopatológica grave, con anulación total de sus capacidades volitivas y cognitivas para los hechos imputados", según concluyó el informe perito forense de la Audiencia de Bizkaia.

Por eso, las partes personadas en este procedimiento han acordado la libre absolución del encausado al considerar que, debido a su problema de salud mental, no era responsable de sus actos y, así, han pactado que, por seguridad, que se le imponga una orden de internamiento en un centro penitenciario psiquiátrico, en el que recibirá tratamiento.

En concreto, serán 25 años por el delito de asesinato con alevosía. Concurre, han considerado, las circunstancias agravantes de parentesco por la larga relación sentimental entre el encausado y la víctima, y de género, y también han valorado la eximente completa de anomalía psicológica.

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Además, se ha pactado que se le imponga otros 5 meses de internamiento por el delito de profanación de cadáver, y una medida de libertad vigilada por 10 años, una vez cumpla con la pena de internamiento.

La sentencia recogerá también que el hombre indemnice con más de 96.000 euros a cada uno de los progenitores de la víctima y a sus dos hermanos.

Por lo tanto, el encausado podría pasar hasta un máximo de 25 años y 5 meses de internamiento, tiempo en el que recibirá atención médica respecto a su problema de salud mental y, en función de su evolución, el tribunal podría decidir que saliera antes de ese periodo. En ese momento, comenzaría a aplicarse la medida de la libertad vigilada y el tribunal controlará, por ejemplo, si el encausado sigue tomando el tratamiento que se le haya pautado.

El acuerdo de las partes se ha alcanzado antes de que diera comienzo el juicio con jurado popular que estaba previsto que se desarrollara en la sección secta de la Audiencia de Bizkaia durante cinco sesiones.

La magistrada presidente, Cristina de Vicente, deberá ahora redactar la sentencia que el propio acusado ha aceptado y que ninguna de las partes prevé recurrir, según han manifestado ante la Sala, por lo que la sentencia será firme. 

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