Guía del ITP en Baleares 2025: cuánto se paga y quién puede acogerse a las reducciones

Te explicamos cómo se calcula, cuándo se paga y qué bonificaciones pueden aplicarse

Penélope O. Álvarez | Mallorca, 24 de Octubre de 2025 | 18:28h

Comprar una vivienda de segunda mano en Baleares implica pagar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), un tributo autonómico que suele generar muchas dudas entre los compradores. Este impuesto no solo varía según el valor del inmueble, sino que también contempla reducciones y bonificaciones para determinados colectivos.

A continuación, repasamos de forma detallada los tipos actuales, los casos en que se puede aplicar un ITP reducido, los supuestos de exención y el plazo de pago, según la información más reciente publicada por la Agència Tributària de les Illes Balears (ATIB) y fuentes especializadas en fiscalidad inmobiliaria.

TIPOS VIGENTES DEL ITP EN BALEARES

En Baleares, el ITP se aplica con un tipo progresivo en función del valor de la vivienda. Esto significa que el porcentaje aumenta por tramos, en lugar de aplicarse un único tipo sobre el precio total de la operación. Los tramos establecidos por la ATIB para 2024-2025 son los siguientes:

  • Hasta 400.000 euros: 8%
  • De 400.000,01 € a 600.000 €: 9%
  • De 600.000,01 € a 1.000.000 €: 10%
  • De 1.000.000,01 € a 2.000.000 €: 12%
  • A partir de 2.000.000,01 €: 13%

Esto implica que, en una vivienda de 550.000 euros, el comprador no pagará un 9% sobre todo el importe, sino un 8% sobre los primeros 400.000 euros y un 9% sobre los 150.000 restantes. Según la ATIB, la medida busca que la carga fiscal sea más equitativa y proporcional al valor real de la vivienda.

¿CUÁNDO SE PAGA EL ITP Y CÓMO SE HACE?


El ITP debe abonarse cuando se compra una vivienda usada o de segunda mano, es decir, aquellas que ya han tenido un propietario anterior. Las viviendas nuevas están sujetas al IVA y al Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD), no al ITP. El impuesto se devenga en el momento de la firma de la escritura pública de compraventa, y el comprador dispone de un plazo de 30 días hábiles para presentarlo ante la administración.

El trámite se realiza a través del modelo 600, disponible en la sede electrónica de la Agència Tributària de les Illes Balears (ATIB), donde también se puede efectuar el pago en línea o en entidades colaboradoras.

CUÁNDO SE APLICA EL ITP REDUCIDO


El Govern balear contempla varios tipos reducidos y bonificaciones para determinados colectivos, con el objetivo de facilitar el acceso a la vivienda habitual. Entre los más destacados se encuentran:

  • 4%: para la compra de vivienda habitual cuyo valor no supere los 270.151,20 euros, siempre que se cumplan los requisitos de residencia y que se trate de la vivienda principal del comprador.
  • 2%: para familias numerosas o monoparentales y personas con discapacidad reconocida igual o superior al 33%, cuando el inmueble vaya a destinarse a vivienda habitual y no supere el valor mencionado.
  • Bonificación del 100% (tipo 0%): para jóvenes menores de 36 años que compren su primera vivienda habitual, siempre que cumplan los límites de ingresos y el inmueble no supere el valor máximo fijado por la normativa autonómica.

Estos beneficios deben solicitarse en el momento de la autoliquidación, y la Administración puede exigir documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos.

QUIÉNES ESTÁN EXENTOS DE PAGAR EL ITP

Existen situaciones en las que la compra de un inmueble no está sujeta al ITP o queda exenta de su pago. Los principales supuestos son los siguientes:

  • Viviendas nuevas, que tributan por IVA y AJD en lugar de por ITP.
  • Herencias y donaciones, que se gravan mediante el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD).
  • Transmisiones entre empresas o sociedades sujetas a IVA, incluso si la operación queda exenta de dicho impuesto.
  • Entidades públicas o sin ánimo de lucro, en ciertos casos concretos recogidos por la normativa autonómica.

Además, algunos colectivos, como los jóvenes con derecho a la bonificación del 100%, pueden estar exentos de pagar el ITP si cumplen todos los requisitos exigidos.

CÓMO EVITAR ERRORES AL PRESENTAR EL IMPUESTO

Antes de realizar la autoliquidación, conviene revisar cuidadosamente la documentación de la vivienda y su valor fiscal. En Baleares, la administración utiliza el valor de referencia del Catastro, que puede diferir del precio pactado entre las partes. Si el valor declarado es inferior al de referencia, la ATIB puede reclamar la diferencia mediante una liquidación complementaria.

Los expertos recomiendan conservar siempre las escrituras, justificantes de pago y certificados que acrediten el cumplimiento de los requisitos en caso de aplicar un tipo reducido.

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