El error que puede costarte el subsidio para mayores de 52 años del SEPE
Miles de personas en España dependen de esta prestación, pero un descuido podría dejarles sin ella
Alicia D. Romero | Mallorca, 30 de Septiembre de 2025 | 19:15h

El subsidio para mayores de 52 años es una de las ayudas más demandadas del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Se trata de una prestación asistencial que se cobra hasta encontrar empleo o alcanzar la edad de jubilación ordinaria, lo que la convierte en un recurso vital para miles de personas.
Sin embargo, su continuidad está sujeta a un requisito fundamental: los beneficiarios no pueden superar el 75 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Con el SMI vigente, esa cifra equivale a 888 euros mensuales.
DECLARACIÓN ANUAL DE RENTAS Y OTRAS OBLIGACIONES
Para comprobar que se cumple la llamada carencia de rentas, el SEPE exige presentar cada año una Declaración Anual de Rentas (DAR). Este trámite debe realizarse una vez transcurridos doce meses desde la concesión o última reanudación del subsidio, en un plazo máximo de quince días hábiles.
Además, todos los perceptores están obligados a presentar la declaración de la renta ante la Agencia Tributaria (IRPF), aunque sus ingresos estén por debajo del mínimo exigido. Así lo recoge la reforma de los subsidios por desempleo aprobada en el Real Decreto-ley 2/2024, publicado en el BOE.
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El SEPE establece con claridad que superar el umbral de 888 euros mensuales implica la suspensión temporal del subsidio. Esto puede ocurrir tanto si el exceso de rentas es continuado como si se trata de un ingreso puntual, por ejemplo, una herencia. En estos casos, es obligatorio notificarlo de inmediato. Si la suspensión dura menos de doce meses, el beneficiario puede reactivar la ayuda en cuanto vuelva a situarse por debajo del límite de ingresos.
DIFERENCIA ENTRE EL SUBSIDIO Y LA PRESTACIÓN CONTRIBUTIVA
Este subsidio es una ayuda asistencial, distinta del paro contributivo. Mientras la prestación por desempleo se reconoce en función de las cotizaciones acumuladas, el subsidio para mayores de 52 años se concede únicamente a quienes acreditan vulnerabilidad económica. Por esa razón, el control de rentas es mucho más estricto y cualquier variación en los ingresos debe ser comunicada para no incurrir en incumplimientos.
Si un beneficiario no informa al SEPE de un aumento en su nivel de ingresos, la administración puede reclamar la devolución de las cantidades cobradas indebidamente y abrir un expediente sancionador. En los casos más graves, la sanción puede derivar en la extinción definitiva del subsidio, tal como prevé el artículo 25.3 de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS).
Existen precedentes judiciales. Por ejemplo, una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid confirmó la extinción de esta ayuda a un beneficiario que no notificó el dinero recibido por herencia, lo que supuso superar el límite permitido.
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CÓMO EVITAR PROBLEMAS CON EL SEPE
El subsidio para mayores de 52 años es un apoyo fundamental para quienes se encuentran en paro a las puertas de la jubilación. Para conservarlo, es imprescindible cumplir con tres obligaciones básicas:
Presentar la Declaración Anual de Rentas (DAR) en plazo.
Realizar la declaración del IRPF cada año.
Notificar de inmediato cualquier variación en los ingresos.
De esta manera, los beneficiarios evitan suspensiones, devoluciones y sanciones que podrían poner en riesgo una prestación clave para su estabilidad económica.









