La jueza abre juicio oral contra el novio de Díaz Ayuso por fraude a Hacienda
Se le acusa de defraudar 350.951 euros mediante una trama de facturas falsas
EFE | Mallorca, 22 de Septiembre de 2025 | 16:58h

La jueza de Madrid Carmen Rodríguez Medel ha ordenado la apertura de juicio oral contra el empresario Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. El procedimiento judicial se centra en presuntos delitos de fraude a Hacienda en 2020 y 2021, falsedad en documento mercantil, delito continuado contable y pertenencia a grupo criminal.
En un auto dictado este lunes, la magistrada —que actualmente ejerce en sustitución en el Juzgado de Instrucción número 19 de Madrid— ha “tenido por formulada la acusación” contra González Amador, ampliando de dos a cuatro los delitos inicialmente contemplados por la anterior titular, María Inmaculada Iglesias.
Además del empresario, otros cuatro encausados se sentarán en el banquillo por los mismos delitos: Maximiliano Niederer González, David Herrera Lobato, Agustín Carrillo Saborido y José Miguel Carrillo Saborido.
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FISCALÍA Y ABOGACÍA DEL ESTADO PIDEN CÁRCEL Y MULTAS MILLONARIAS
La Fiscalía y la Abogacía del Estado reclaman que González Amador sea condenado como autor de delitos contra la Hacienda pública en concurso con falsedad documental. En el caso de los otros cuatro empresarios, las acusaciones les consideran cooperadores necesarios. Por su parte, las acusaciones populares ejercidas por PSOE y Más Madrid van más allá y reclaman también condenas por delito continuado contable y pertenencia a grupo criminal.
En cuanto a las penas solicitadas, la Fiscalía y la Abogacía del Estado piden tres años y nueve meses de prisión para González Amador, junto con multas que ascienden a 624.402 euros y 488.927 euros, respectivamente. En el caso de los empresarios, el ministerio público solicita tres años y medio de prisión para uno de ellos y dos años para los otros tres, mientras que la Abogacía del Estado pide dos años de cárcel para todos. PSOE y Más Madrid reclaman cinco años de prisión para González Amador y una multa adicional de 27.000 euros, además de hasta tres años y cuatro meses de cárcel para los empresarios.
LA REFERENCIA DEL SUPREMO Y EL PRINCIPIO DE “PENA DE BANQUILLO”
Rodríguez Medel fundamenta su decisión en la doctrina del Tribunal Supremo, citando al magistrado Ángel Hurtado en su reciente auto contra el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por revelación de secretos relacionados con este mismo procedimiento.
La jueza recuerda que “el auto que acuerda la apertura del juicio oral solo sirve para permitir que el procedimiento siga adelante” y que su finalidad es “valorar la consistencia de la acusación con el fin de impedir imputaciones infundadas y con ello la llamada ‘pena de banquillo’”. En este sentido, concluye que la resolución se dicta “con base en los hechos recogidos en los tres escritos de acusación presentados que, por otra parte, en el presente caso van en consonancia con el auto de procedimiento abreviado dictado en fecha 28 de mayo de 2025”.
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El auto señala que González Amador será juzgado por dos delitos contra la Hacienda Pública vinculados al impuesto de sociedades de 2020 y 2021, en concurso con delitos de falsedad en documento mercantil cometida por particular. A ello se suman un delito continuado contable del artículo 310 del Código Penal y otro de pertenencia a grupo criminal del artículo 570. Los mismos cargos recaen sobre los otros cuatro empresarios procesados. El órgano competente para celebrar el juicio serán los Juzgados de lo Penal de Madrid.
LA DEFENSA DENUNCIA VULNERACIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES
La defensa de González Amador ha presentado un recurso ante la Audiencia Provincial de Madrid contra el auto de procesamiento. En su escrito, alegan que la jueza instructora no ha permitido practicar ninguna de las diligencias solicitadas por su parte, lo que —afirman— “constituye la eliminación definitiva de sus derechos fundamentales”.
Pese a ello, la magistrada Rodríguez Medel rechazó suspender la causa hasta que la Audiencia Provincial resuelva el recurso, por lo que la apertura de juicio oral sigue adelante.









