El Gobierno propone multar a los padres de menores que fumen o vapeen
La nueva Ley del Tabaco también prohíbe los vapers de un solo uso y amplía los espacios libres de humo
EP | Mallorca, 09 de Septiembre de 2025 | 17:50h

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el Anteproyecto de Ley del Tabaco, una reforma que modifica la Ley 28/2005 con el objetivo de reforzar la protección de la infancia y la adolescencia frente al consumo de tabaco y productos relacionados. Entre las principales novedades, se establece que, si un menor es sorprendido consumiendo tabaco, cigarrillos electrónicos o similares, la sanción recaerá directamente sobre sus padres, madres o tutores legales.
El texto detalla que el consumo de tabaco por parte de menores será considerado una falta leve cuando se trate de un hecho aislado. En este caso, la multa será de 100 euros, aunque la horquilla de sanciones para las infracciones leves se sitúa entre los 100 y los 600 euros. La responsabilidad subsidiaria recae en los progenitores o tutores, quienes deberán hacerse cargo del pago.
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12 MESES DE PRÓRROGA PARA LOS VAPERS DE UN SOLO USO
Otro de los puntos clave del Anteproyecto es la prohibición de la venta y suministro de cigarrillos electrónicos de un solo uso. Sin embargo, se concede un periodo transitorio de 12 meses tras la entrada en vigor de la ley —que comenzará a los veinte días de su publicación en el BOE— para permitir que fabricantes y distribuidores adapten sus productos a la nueva normativa. Durante ese tiempo, los vapers de un solo uso podrán seguir comercializándose.
La nueva legislación amplía de forma significativa los lugares donde estará prohibido fumar, tanto en espacios interiores como exteriores. Según el texto, “el derecho de la población no fumadora a respirar aire no contaminado por el humo del tabaco prevalece sobre el de las personas fumadoras”, lo que contribuye a la desnormalización del consumo.
Entre los espacios afectados figuran:
- Vehículos utilizados por trabajadores por cuenta ajena (excepto durante su uso personal).
- Vehículos de transporte con conductor.
- Todo el transporte suburbano al aire libre.
- Conciertos, cines, teatros y espectáculos públicos en el exterior.
- Centros universitarios y de formación de adultos.
- Piscinas colectivas y recintos deportivos.
- Exteriores de bares, restaurantes, salas de fiesta y locales de juego.
Además, se establece una protección reforzada en un perímetro de 15 metros alrededor de centros educativos, sanitarios, culturales, sociales, deportivos y parques infantiles.
Las sanciones también varían según la gravedad: fumar de manera aislada en un lugar prohibido (por ejemplo, en un concierto al aire libre) se considera infracción leve con multa de hasta 100 euros. En cambio, si un establecimiento permite fumar de forma reiterada en zonas restringidas, o si se incumple en áreas de protección reforzada, la infracción pasa a ser grave (601 a 10.000 euros) o muy grave (10.001 a 600.000 euros).
FIN DE LA PUBLICIDAD Y PROMOCIÓN DE TABACO
El Anteproyecto también endurece las restricciones publicitarias. Queda prohibida cualquier forma de promoción, directa o indirecta, de productos del tabaco y relacionados. Esto incluye la emisión en televisión, radio, internet y otros medios de programas, vídeos o imágenes donde presentadores, colaboradores o invitados aparezcan fumando o mostrando cigarrillos, vapers o dispositivos similares.
Igualmente, se veta la mención de marcas, logotipos o símbolos vinculados al tabaco. También queda prohibida la distribución gratuita de productos, bienes o servicios cuyo objetivo sea promocionar el consumo de tabaco.
La sanción por publicidad prohibida será considerada muy grave, con multas que oscilan entre los 10.001 y los 600.000 euros.
Los estancos podrán seguir promocionando productos relacionados con el tabaco, siempre que estas acciones no estén dirigidas a menores de edad. Sin embargo, la ley es tajante: la promoción no podrá realizarse en escaparates, ni ser visible desde el exterior del establecimiento, ni mediante cartelería que se perciba desde la vía pública.








