Rechazan el asilo a un argelino que alegó huir de una banda criminal tras llegar en patera a Ibiza
La Audiencia Nacional concluye que no hay pruebas de persecución ni riesgo personal que justifiquen conceder la protección internacional
cronicabalear.es | Mallorca, 07 de Agosto de 2025 | 09:33h

La Audiencia Nacional ha confirmado la denegación del asilo y de la protección internacional a un ciudadano argelino que llegó a la isla de Ibiza por mar alegando que huía de una banda criminal. Según su testimonio, esta organización le exigía el pago de una deuda impagada tras prestarle dinero para montar un negocio. La Sala de lo Contencioso-Administrativo respalda así la resolución emitida en febrero de 2022 por la Dirección General de Política Interior, que ya rechazó su solicitud de protección.
En su versión de los hechos, el solicitante afirmó que la banda le había financiado la compra de embarcaciones para emprender una actividad comercial. Sin embargo, el Estado argelino le habría requisado esos barcos, y al no poder devolver el dinero, fue supuestamente apuñalado y perseguido por los miembros del grupo criminal. A raíz de esta situación, su familia abandonó el país y se trasladó a Francia, mientras él emprendía una huida por mar hasta Ibiza.
LA ADMINISTRACIÓN DESCARTA PERSECUCIÓN POR MOTIVOS PROTEGIDOS
La resolución administrativa que rechazó inicialmente su solicitud ya consideraba que no había pruebas de que el solicitante estuviera siendo perseguido por razones contempladas en la normativa internacional. Es decir, no se acreditaron motivos vinculados a la raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a un grupo social, identidad de género ni orientación sexual.
Argelia-Baleares, el rastro mortal de la ruta invisible
Amine lo tuvo claro desde el principio: nadie buscaría a su hermano Askander con más empeño que él....
Tampoco se presentaron informes médicos que respaldaran la supuesta agresión con arma blanca. Igualmente, las autoridades descartaron que existieran razones fundadas relacionadas con la negativa del demandante a realizar el servicio militar obligatorio en Argelia.
En su fallo, la Audiencia Nacional reconoce que en muchos casos de huida por persecución o violencia, quienes solicitan asilo no siempre pueden aportar pruebas concluyentes. Por ello, el tribunal admite la posibilidad de valorar pruebas indiciarias o semiplenas. No obstante, considera que, en este caso concreto, no hay indicios suficientes que respalden el relato del demandante.
La sentencia remarca que "no existen indicios de la persecución que se alega ni de inactividad del Estado argelino en la represión de las amenazas de muerte y agresión" denunciadas.
UNA PETICIÓN FORMULADA DESDE EL CIE DE BARCELONA
Otro de los aspectos destacados por el tribunal es que el hombre no pidió protección internacional al llegar a España, sino que lo hizo más tarde, una vez ya estaba internado en el Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Barcelona, y tras haberse ordenado su devolución por entrada ilegal en territorio español por vía marítima.
La Audiencia también critica la incoherencia del relato: "Es extremadamente confuso, porque no se da razón de los motivos por los que Argelia le habría requisado las embarcaciones adquiridas con el dinero prestado. Tampoco explica por qué no presentó denuncia por la agresión sufrida", indica la sentencia.
Alertan del aumento de pateras que parten de Argelia con destino a Baleares
El número de pateras salidas desde Argelia aumentó en 2024, frente al declive de las que partieron de...
Además, el demandante alegó que temía represalias por negarse a realizar el servicio militar. No obstante, no presentó ninguna prueba de haber sido llamado a filas, ni de haber sufrido medidas coercitivas o degradantes como consecuencia de una eventual insumisión.
Finalmente, la Audiencia Nacional concluye que no se ha demostrado ninguna situación de riesgo personal o de vulnerabilidad que justifique la concesión de asilo o protección internacional. Por ello, desestima el recurso presentado y condena al solicitante al pago de las costas del procedimiento.









