Las 7 claves de la nueva ley antitabaco
La reforma impulsada por Sanidad prohíbe los cigarrillos electrónicos desechables, amplía las zonas sin humo, implanta el empaquetado neutro y restringe aún más la publicidad
EFE | Mallorca, 25 de Junio de 2025 | 10:20h

El Ministerio de Sanidad ultima una ambiciosa reforma de la ley antitabaco que equipara los cigarrillos electrónicos con los convencionales. El anteproyecto busca proteger especialmente a la población no fumadora y regular de forma más estricta los nuevos productos relacionados con el tabaco.
La futura normativa iguala las restricciones de los cigarrillos electrónicos (con o sin nicotina), las shishas, las bolsitas de nicotina y cualquier otro producto que imite el acto de fumar o induzca a ello, al tabaco convencional. Estos productos solo podrán venderse en estancos o tiendas especializadas que no comercialicen artículos que puedan resultar atractivos para menores, como dulces, refrescos o juguetes.
Sanidad prohibirá los 'vapers' desechables y ampliará las zonas libres de humo
El Ministerio de Sanidad prepara una reforma integral de la ley antitabaco (Ley 28/2005) que incluye medidas estrictas...
LAS 7 CLAVES DE LA NUEVA LEY ANTITABACO
1. Prohibición de 'vapers' de un solo uso
El artículo 25 del anteproyecto prohíbe expresamente la comercialización y suministro de cigarrillos electrónicos desechables. Esta medida busca reducir especialmente su consumo entre adolescentes y jóvenes.
2. Ampliación de zonas libres de humo
La reforma establece nuevas zonas exteriores donde quedará prohibido fumar y vapear, además de reforzar algunas restricciones ya existentes:
- Vehículos utilizados como lugar de trabajo.
- Espacios exteriores e interiores en centros sanitarios.
- Centros educativos y formativos, incluidas universidades y centros de formación para adultos.
- Instalaciones deportivas, piscinas colectivas y espacios de espectáculos públicos (interiores y exteriores).
- Centros de ocio y salas de fiesta, establecimientos de juego y espacios públicos en general.
- Bares, restaurantes y terrazas.
- Parques infantiles y áreas específicas para niños.
Asimismo, se prohibirá fumar en un perímetro mínimo de 15 metros alrededor de accesos a edificios públicos, centros sanitarios y sociales, educativos, culturales, deportivos y parques infantiles.
3. Eliminación de clubes de fumadores
La normativa eliminará por completo los clubes de fumadores, lugares que hasta ahora contaban con ciertas excepciones para el consumo.
4. Espacios en centros residenciales y penitenciarios
En centros residenciales para mayores o personas con discapacidad se podrán habilitar zonas específicas claramente señalizadas y ventiladas, aunque quedará totalmente prohibido fumar en habitaciones y áreas comunes. En centros penitenciarios y psiquiátricos, se permitirá fumar en zonas exteriores o en espacios habilitados al efecto.
5. Implementación del empaquetado neutro
El Ministerio de Sanidad establecerá un empaquetado neutro obligatorio para cigarrillos y tabaco de liar. Los envases tendrán una apariencia uniforme con un único color definido por orden ministerial. Las envolturas transparentes no podrán contener marcas visibles, salvo un código de barras cubierto por un rectángulo negro o una tira de rasgado.
6. Publicidad y patrocinio restringidos
Quedará prohibido cualquier tipo de publicidad y patrocinio de productos relacionados con el tabaco en todos los medios y soportes, incluyendo máquinas expendedoras y plataformas digitales. Solo se permitirá publicidad dirigida exclusivamente a profesionales del sector, estancos y tiendas especializadas, sin que esta sea visible desde el exterior.
7. Infracciones y multas
Las infracciones previstas en la nueva normativa irán desde leves hasta muy graves, pudiendo alcanzar multas de hasta 600.000 euros. Entre las sanciones más importantes se encuentran las relacionadas con publicidad y patrocinio no autorizados fuera de las excepciones mencionadas.








