Hacienda te puede multar con hasta 13.500 euros si haces esto con tu casa
Descubre qué exige la Agencia Tributaria y cómo evitar una sanción grave
Penélope O. Álvarez | Mallorca, 12 de Junio de 2025 | 15:43h

La Agencia Tributaria mantiene una vigilancia constante sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los ciudadanos, con especial atención a los propietarios de viviendas. Así como controla las operaciones de compraventa para evitar fraudes, también tiene en su punto de mira los alquileres en negro, es decir, aquellos que no se declaran ante Hacienda.
Según recuerda la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), alquilar una vivienda sin tributar por los ingresos obtenidos puede acarrear sanciones de miles de euros. Los propietarios que incumplen la normativa establecida en materia de arrendamientos se enfrentan a importantes multas económicas, incluso si el contrato no ha sido formalizado por escrito.
OBLIGACIONES FISCALES DE LOS PROPIETARIOS DE VIVIENDAS EN ALQUILER
Todo propietario que alquile un inmueble, independientemente de que haya firmado o no un contrato por escrito (algo que no es obligatorio, aunque sí recomendable según los expertos) debe declarar los ingresos obtenidos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Además, está obligado a depositar la fianza entregada por el inquilino en el organismo correspondiente de su comunidad autónoma, tal y como estipula la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). En la mayoría de las comunidades autónomas, no hacer este depósito también conlleva sanciones administrativas.
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Por otra parte, tributar correctamente por el alquiler no solo evita problemas con Hacienda, sino que también puede suponer ventajas fiscales. Según la AEAT, el arrendador puede aplicarse una reducción del 60% sobre el rendimiento neto positivo declarado, siempre que el inmueble se alquile como vivienda habitual del inquilino y se cumplan ciertos requisitos formales.
Alquilar una vivienda en B (es decir, sin declarar los ingresos) representa un riesgo evidente. Si el inquilino incluye el alquiler en su declaración de la Renta, Hacienda puede detectar con facilidad que el propietario no está tributando por esas rentas. En ese caso, la AEAT puede iniciar una investigación y, si se confirma la infracción, imponer sanciones según el grado de ocultación, tal y como recoge la Ley General Tributaria.
Los tramos de sanción, según explican expertos fiscales de TaxDown, son los siguientes:
- Infracción leve: cuando no se declaran ingresos por importe igual o inferior a 3.000 euros. La multa es del 50% de la cantidad no declarada.
- Infracción grave: cuando el importe supera los 3.000 euros y hay ocultación. En estos casos, la sanción oscila entre el 50% y el 100% del total no declarado.
- Infracción muy grave: considerada fraude fiscal, la multa puede situarse entre el 100% y el 150% del dinero que no se ha declarado.
Por ejemplo, si un propietario cobra un alquiler mensual de 750 euros (lo que suma 9.000 euros al año) y no lo declara, podría recibir una multa de entre 4.500 y 13.500 euros.
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HACIENDA CRUZA DATOS PARA DETECTAR ALQUILERES EN NEGRO
Hacienda utiliza sistemas de cruce de datos cada vez más sofisticados. Entre ellos, destacan el cotejo de las declaraciones de los inquilinos, la información proporcionada por las comunidades autónomas respecto al depósito de fianzas y los movimientos bancarios. Además, según informes recientes de Idealista y Cinco Días, el organismo también monitoriza plataformas digitales de alquiler y portales inmobiliarios para identificar posibles casos de economía sumergida.
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Cabe recordar que, desde 2023, la AEAT ha intensificado las inspecciones relacionadas con arrendamientos no declarados. En 2024, continúa esta línea de control, especialmente en zonas donde se ha detectado un alto índice de pisos alquilados sin declarar, como las grandes ciudades y las zonas costeras.










