La Comisión Europea acusa a la Ley de Amnistía de ser “una autoamnistía” para blindar pactos políticos
Bruselas cuestiona el interés general de la norma y alerta de su incompatibilidad con los principios de la UE
EFE | Mallorca, 10 de Junio de 2025 | 11:53h

La Comisión Europea sostiene que la Ley de Amnistía no responde “a un objetivo de interés general”, sino que “parece ser una autoamnistía” vinculada a “un acuerdo político para lograr la investidura del Gobierno de España”, ya que los beneficiarios han sido claves para su aprobación.
Este análisis figura en las alegaciones presentadas por la Comisión Europea a la cuestión prejudicial planteada por el Tribunal de Cuentas ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la aplicación de la Ley Orgánica de Amnistía. Estas alegaciones no son vinculantes para la corte europea.
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La evaluación de la Comisión coincide con el día en que el Tribunal Constitucional aborda por primera vez en un Pleno el borrador de la Ley de Amnistía. Este texto avala la norma en líneas generales, aunque plantea algunas objeciones menores.
CRÍTICAS A LA FALTA DE INTERÉS GENERAL Y A LA URGENCIA
Según la Comisión Europea, “si hay respaldo para considerar que las autoamnistías en las que quien ostenta el poder político pretende blindarse garantizándose su inmunidad jurídica son contrarias al principio del Estado de derecho, parece que el mismo criterio habría que aplicar cuando quien está en el Gobierno garantiza la impunidad de sus socios a cambio del apoyo parlamentario”.
El escrito de la Comisión añade que “los votos de sus beneficiarios han sido fundamentales para su aprobación en el parlamento español” y, por lo tanto, “no parece que la ley responda efectivamente a un objetivo de interés general reconocido por la Unión”.
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También critica que la ley “siguiera un procedimiento por vía de urgencia, eludiendo así importantes informes de órganos consultivos y sin consulta pública”. La Comisión de Venecia ya había advertido que “la amnistía ha ahondado una división profunda y virulenta en la clase política, en las instituciones, en el mundo judicial, en el mundo académico y en la sociedad española”.
FALTA DE DIÁLOGO Y DE CONSENSO AMPLIO
La Comisión Europea lamenta que, “a pesar de ello, las autoridades españolas no atendieron las recomendaciones de que se tomara el tiempo necesario para realizar un diálogo significativo con un espíritu de cooperación leal entre las instituciones estatales, así como entre la mayoría y la oposición, con el fin de lograr la reconciliación social y política”. También señala que “tampoco atendieron” la recomendación de que la ley fuera aprobada con una mayoría cualificada superior.
En lo referente a los intereses financieros de la UE, la Comisión indica que “no existe un vínculo suficiente entre las actividades ilegales que tengan por objetivo la secesión de una parte del territorio de un Estado miembro y los intereses financieros de la Unión, en lo que respecta a los recursos propios de la Unión”.
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No obstante, considera que “corresponde al órgano jurisdiccional nacional determinar si las particularidades del asunto principal podrían justificar la existencia de un vínculo de conexión suficiente, en particular en el supuesto de que se hubieran desviado fondos de la Unión para financiar el referéndum ilegal”.
CRÍTICA A LA SUPRESIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES
La Comisión Europea también expresa críticas a la eliminación de las medidas cautelares, subrayando que “una obligación impuesta por la legislación nacional a los órganos jurisdiccionales nacionales de alzar todas las medidas cautelares antes de haber decidido si la aplicación de la amnistía está justificada en un caso concreto (...) es incompatible con los principios de primacía del Derecho de la Unión”.
Además, señala que es igualmente “incompatible” el “plazo imperativo de dos meses para decidir sobre la aplicación de la amnistía” si este plazo no permite a los órganos jurisdiccionales competentes la adopción de medidas procesales que consideren necesarias, como la obtención de pruebas adicionales o la audiencia de personas, para poder evaluar el fondo del asunto pendiente.










