Multas de la DGT: cuánto tardan en llegar, qué pasa si no las pagas y cómo recurrirlas

Consulta aquí los plazos, las consecuencias legales de no pagar y los pasos para presentar alegaciones

Alicia Romero | Mallorca, 21 de Mayo de 2025 | 15:59h

Cada año, miles de conductores en España reciben sanciones por incumplir alguna norma de tráfico. Las multas de la Dirección General de Tráfico (DGT) pueden llegar por exceso de velocidad, uso del móvil al volante, no llevar el cinturón o aparcar en zonas prohibidas, entre otras razones. Sin embargo, muchos desconocen cuánto tarda en notificarse una infracción, qué consecuencias legales tiene no pagarla o cómo se puede recurrir. Esta guía responde de forma clara y actualizada a las preguntas más comunes sobre las multas de tráfico:

¿CUÁNTO TARDAN EN APARECER LAS MULTAS EN MI DGT?


Las multas de tráfico impuestas por la DGT pueden tardar entre una y tres semanas en aparecer en la sede electrónica de la DGT. El plazo exacto depende del tipo de infracción y del procedimiento de notificación.

Si la multa es impuesta directamente por un agente, puede entregarse en mano en el momento. Si ha sido captada por un radar u otro sistema automático, la notificación se envía por correo certificado al domicilio del titular del vehículo. Además, si no se puede localizar al conductor, la sanción se publica en el Tablón Edictal Único (TEU) del BOE.

¿QUÉ PASA SI NO PAGAS UNA MULTA?


No pagar una multa dentro del plazo voluntario de 20 días naturales desde su notificación implica perder el descuento del 50%. Pasado ese plazo, se inicia el procedimiento de apremio, que puede conllevar recargos y la intervención de la Agencia Tributaria. Si el pago no se realiza tras las notificaciones correspondientes, la administración puede proceder al embargo de bienes, cuentas bancarias o devoluciones tributarias para saldar la deuda.

Por tanto, es importante actuar dentro de los plazos establecidos, tanto si se acepta la sanción como si se desea recurrirla.

¿SE PUEDE RECURRIR UNA MULTA DE TRÁFICO?


Sí. Cualquier persona sancionada puede presentar alegaciones si considera que la multa es injusta o contiene errores. El plazo para recurrir es de 20 días naturales desde la fecha de notificación. Las alegaciones pueden presentarse:

  • A través de la sede electrónica de la DGT.
  • Presencialmente en cualquier registro de la Administración.
  • Adjuntando pruebas que sustenten tu defensa (como fotografías, informes o testigos).

Si la DGT desestima las alegaciones, aún es posible presentar un recurso de reposición o acudir a la vía contencioso-administrativa.

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