Denuncian a la tienda online AllZone por no entregar los productos comprados

FACUA ha pedido a Consumo que abra un expediente sancionador y acuerde el cierre cautelar de la web

Redacción | Mallorca, 21 de Mayo de 2025 | 13:23h

FACUA-Consumidores en Acción se ha dirigido al Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 para denunciar a la empresa All In Digital Marketing SL, propietaria de la tienda online AllZone que comercializa ropa, dispositivos electrónicos, elementos de decoración, etc., por no entregar a los usuarios los productos que adquieren a través de su página web.

La asociación ha recibido múltiples quejas por parte de sus socios, así como de consumidores a nivel general, que accedieron a la página correspondiente para comprar un producto y realizaron el pago, pero nunca más obtuvieron noticias de la empresa.

Los afectados realizan la compra, hacen el pago y reciben la confirmación del pedido y la fecha aproximada de entrega. Sin embargo, AllZone no vuelve a ponerse en contacto con ellos, y nunca llegan a recibir el producto.

QUÉ DICE LA LEY

Con respecto al plazo para ejecutar el contrato, el artículo 109 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, dispone que "salvo que las partes hayan acordado otra cosa, el empresario deberá ejecutar el pedido sin ninguna demora indebida y a más tardar en el plazo de 30 días naturales a partir de la celebración del contrato".

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De otro lado, el artículo 110 del mencionado Real Decreto-Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias establece lo siguiente: "En caso de no ejecución del contrato por parte del empresario por no encontrarse disponible el bien o servicio contratado, el consumidor y usuario deberá ser informado de esta falta de disponibilidad y deberá poder recuperar sin ninguna demora indebida las sumas que haya abonado en virtud del mismo. En caso de retraso injustificado por parte del empresario respecto a la devolución de las sumas abonadas, el consumidor y usuario podrá reclamar que se le pague el doble del importe adeudado, sin perjuicio a su derecho de ser indemnizado por los daños y perjuicios sufridos en lo que excedan de dicha cantidad".

De igual modo, el artículo 61.2 señala que "el contenido de la oferta, promoción o publicidad, las prestaciones propias de cada bien o servicio, las condiciones jurídicas o económicas y garantías ofrecidas serán exigibles por los consumidores y usuarios, aún cuando no figuren expresamente en el contrato celebrado o en el documento o comprobante recibido y deberán tenerse en cuenta en la determinación del principio de conformidad con el contrato".

Así, FACUA exige a la Dirección General de Consumo que informe de cuantas actuaciones se realicen al hilo de la denuncia contra la empresa mencionada y, en su virtud, proceda a iniciar expediente sancionador contra la misma, además de que se acuerde cautelarmente el cierre de la web para evitar que otros consumidores puedan verse afectados por la mala praxis de de dicha mercantil.

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