Miles de jubilados pueden recuperar hasta 3.000 euros: cómo pedirlos
Hacienda ya permite solicitar la devolución por cotizaciones a mutualidades anteriores a 1979
Alicia Romero | Mallorca, 17 de Mayo de 2025 | 11:16h

Miles de jubilados en España pueden recuperar parte del IRPF que pagaron de forma indebida durante años. La Agencia Tributaria ha habilitado un formulario específico para solicitar la devolución por aportaciones a mutualidades laborales anteriores a 1979, tras reconocer que esas cotizaciones no debieron tributar como rendimientos del trabajo. Te explicamos quién puede reclamar, cómo hacerlo paso a paso, qué documentación necesitas y cuándo se cobrará el dinero.
¿QUÉ ES LA DEVOLUCIÓN DE LAS MUTUALIDADES?
La Agencia Tributaria ha puesto en marcha un procedimiento especial para que pensionistas y herederos recuperen el exceso de IRPF pagado por pensiones derivadas de aportaciones a mutualidades laborales anteriores a 1979, como las de Banca, RENFE, Telefónica, Iberia, Correos o incluso mutuas de funcionarios.
Estas aportaciones, realizadas antes de la creación de la Seguridad Social tal como la conocemos, no fueron deducibles en su momento, por lo que ahora no deberían tributar. Así lo confirmó una sentencia del Tribunal Supremo, lo que ha llevado a Hacienda a abrir un canal de solicitud específico.
¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR LA DEVOLUCIÓN?
Los beneficiarios principales son:
- Jubilados que hayan percibido pensiones entre 2019 y 2022 derivadas de cotizaciones a mutualidades anteriores a 1979.
- Herederos de mutualistas fallecidos entre 2019 y 2024, siempre que puedan acreditar legalmente su relación.
La medida tiene carácter retroactivo para los ejercicios no prescritos y se espera que beneficie a más de 1 millón de personas.
CÓMO HACER LA SOLICITUD A HACIENDA
Desde el 2 de abril de 2025, está disponible en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria el formulario para reclamar esta devolución, sin necesidad de presentar declaraciones complementarias. Puedes acceder al formulario oficial en este enlace.
QUÉ AÑOS SE PUEDEN RECLAMAR
Hacienda permite reclamar las devoluciones correspondientes a los ejercicios: 2019, 2020, 2021 y 2022. El resto de ejercicios anteriores se consideran prescritos, salvo en casos de reclamaciones judiciales abiertas.
CUÁNTO DINERO SE PUEDE RECUPERAR
La devolución varía según la pensión y los años afectados. Algunas estimaciones del Ministerio de Hacienda y asociaciones de jubilados indican que la media ronda los 3.000 euros, aunque algunos afectados podrían recuperar hasta 4.000 o 5.000 euros, dependiendo de la cuantía de su pensión y los años cotizados a mutualidades.
CÓMO Y CUÁNDO SE COBRARÁ
El objetivo del Gobierno es hacer un único pago a lo largo de 2025. Sin embargo, esta fórmula depende de una reforma legal pendiente de aprobación antes del 30 de junio de 2025. Si no se aprueba, los pagos se fraccionarían de forma anual hasta 2028.
DOCUMENTOS NECESARIOS PARA PRESENTAR LA SOLICITUD
Para agilizar la solicitud, conviene tener a mano:
- Informe de vida laboral que refleje cotizaciones a mutualidades anteriores a 1979.
- Número de referencia, Cl@ve PIN, certificado digital o DNI electrónico.
- Para herederos: certificado de defunción, libro de familia, testamento o declaración de herederos.
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