Consumo propone prohibir las reseñas falsas 'online' para defender el turismo y la hostelería

El Ministerio de Derechos Sociales impulsa una enmienda que exige pruebas de veracidad, permite réplica empresarial y elimina reseñas falsas en un plazo de 30 días

cronicabalear.es | Mallorca, 09 de Mayo de 2025 | 16:16h

El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha presentado una enmienda a la Ley de Servicios de Atención a la Clientela (en fase final de tramitación parlamentaria) para reforzar la Ley General para la Defensa de los Consumidores. Con estas nuevas medidas, el Ejecutivo busca erradicar las reseñas falsas online y blindar la reputación de la hostelería y el turismo.

NUEVAS MEDIDAS CONTRA LAS RESEÑAS FALSAS


La principal novedad consiste en facultar al empresario para solicitar la eliminación de una reseña cuando pueda demostrar que no corresponde a una experiencia real. A diferencia de la normativa italiana, en España será imprescindible acreditar que el autor de la reseña nunca adquirió el producto o disfrutó del servicio y demostrar que el contenido publicado carece de veracidad.

Al tratarse de una norma de alcance general, no se fija un único método de prueba. El empresario podrá recurrir a documentos probatorios (facturas originales, comprobantes de pago), informes internos que revelen manipulación de precios o fechas y cualquier evidencia adaptada a cada caso concreto. Estas garantías pretenden equilibrar el derecho de los negocios a defender su reputación con la protección del consumidor frente a censuras arbitrarias.

Para garantizar una información completa, la propuesta añade el derecho de réplica. Los negocios podrán publicar una respuesta a las reseñas, de modo que el consumidor acceda a todos los datos antes de finalizar su decisión de compra.

PLAZO DE PUBLICACIÓN Y OTRAS OBLIGACIONES


Otra de las medidas establece que la reseña debe dejarse publicada dentro de los 30 días posteriores a la compra o disfrute del servicio. El objetivo es asegurar que el testimonio refleje la experiencia real y reciente de un cliente. Además, el Ministerio recuerda que ya existen en la ley la prohibición de la compraventa de reseñas y la obligación de indicar cuándo se ha verificado la autenticidad del reseñante como consumidor real.

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