Apagón España: qué dice OCU sobre derechos cómo reclamar

La organización de consumidores explica qué derechos tienen los afectados y qué pasos seguir para reclamar los daños personales y materiales

Alicia D. Romero | Mallorca, 29 de Abril de 2025 | 17:15h

Este lunes, España vivió una situación sin precedentes: un apagón masivo dejó sin electricidad, telecomunicaciones, transporte y servicios básicos a millones de personas durante más de 10 horas en todo el territorio peninsular. El suceso ha generado una avalancha de dudas entre los consumidores, desde la posibilidad de recibir compensaciones económicas hasta el papel que jugarán las aseguradoras y compañías eléctricas en la gestión de los daños.

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), en colaboración con DECO (Portugal) y Euroconsumers, ha solicitado por carta a los presidentes de España, Portugal y de la Comisión Europea que se abra una investigación inmediata que aclare el origen del apagón.

El motivo es clave: si se demuestra que la causa fue una circunstancia extraordinaria o de fuerza mayor, como establece el Reglamento (CE) nº 261/2004 del Parlamento Europeo, las compañías eléctricas y de transporte quedarían exentas de responsabilidad directa, y los consumidores no recibirían indemnizaciones por daños sufridos.

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¿A QUÉ TIENEN DERECHO LOS AFECTADOS?


Con el restablecimiento progresivo del suministro, los ciudadanos comienzan a preguntarse: ¿qué ocurrió?, ¿quién responde por los perjuicios?, ¿cómo reclamar las pérdidas? Por ello, la OCU ha recopilado los distintos tipos de daños sufridos durante el apagón y las posibles vías de compensación o reclamación.

Daños personales y asistencia sanitaria

Aunque no se han registrado fallecidos ni accidentes graves, algunos ciudadanos han sufrido lesiones por caídas o accidentes de tráfico, así como problemas derivados de la interrupción de asistencia médica, especialmente en personas con movilidad reducida o tratamientos domiciliarios. Estos daños podrían estar cubiertos por seguros de vida, accidentes, salud o incapacidad temporal, tanto en el ámbito personal como laboral. Por ejemplo, si una persona sufrió un accidente mientras iba o volvía del trabajo (in itinere), su mutua laboral podría hacerse cargo.

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Viajes cancelados o retrasados: derecho al reembolso

El transporte ferroviario y aéreo se vio interrumpido durante horas. En estos casos, según el reglamento europeo vigente, los pasajeros tienen derecho al reembolso del billete o a ser reubicados en otro transporte, pero no tienen derecho a indemnización si la cancelación fue por una causa de fuerza mayor, como en este caso. No obstante, las compañías deben proporcionar asistencia inmediata, como alimentos, bebidas o alojamiento temporal, según la normativa de derechos del pasajero. Además, los viajeros que cuenten con seguros de asistencia en viaje podrían reclamar los gastos adicionales ocasionados por retrasos o pérdidas de conexiones.

Servicios y contratos cancelados

Si el apagón impidió la prestación de un servicio ya contratado (por ejemplo, una reserva de hotel, una cita médica privada o un evento), el consumidor tiene derecho a la devolución del importe pagado, salvo que el contrato especifique otra cláusula. En estos casos, la recomendación de la OCU es guardar todos los justificantes: correos de cancelación, facturas, extractos de pago y comunicaciones con el proveedor.

Daños materiales en el hogar: electrodomésticos y alimentos

Uno de los efectos más frecuentes ha sido la avería de electrodomésticos (frigoríficos, hornos, routers, etc.) y la pérdida de alimentos o medicamentos por la falta de refrigeración. Estos daños podrían estar cubiertos por el seguro de hogar, en función de las condiciones generales y particulares de la póliza. También es posible que entren en juego coberturas por sobretensión eléctrica, especialmente si la avería se produjo en el momento de restablecer el suministro.

La OCU recomienda guardar pruebas documentales: fotografías de los electrodomésticos afectados, tickets de compra de alimentos o medicamentos, e incluso informes técnicos si el aparato ha sido valorado por un profesional.

¿HABRÁ DESCUENTOS EN LA FACTURA DE LA LUZ?


Uno de los puntos más polémicos tras el apagón es si habrá compensaciones automáticas en la factura eléctrica. Según la normativa de calidad del suministro, las compañías distribuidoras deben aplicar descuentos en la factura si el tiempo sin servicio supera ciertos umbrales, que varían según la zona geográfica (urbana, semiurbana o rural). La rebaja puede alcanzar hasta un 10% de la factura anual, pero en la práctica será un importe simbólico, ya que solo se aplicará en el primer trimestre de 2026, cuando se consoliden los datos anuales de suministro.

LA IMPORTANCIA DE CONOCER TUS DERECHOS COMO CONSUMIDOR


Hasta que no se esclarezca la causa del apagón, no se podrá determinar con precisión quién es responsable y qué compensaciones son exigibles. Por eso, desde la OCU insisten en la necesidad de informarse, conservar pruebas y consultar las pólizas de seguro. El suceso ha dejado en evidencia la fragilidad del sistema eléctrico ante fallos de gran escala y ha abierto un debate necesario sobre la resiliencia, la seguridad energética y los derechos de los consumidores en situaciones de emergencia.

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