¿Se puede reclamar por el apagón?

En principio, todo apunta a que se trata de una circunstancia de fuerza mayor

cronicabalear.es | Mallorca, 28 de Abril de 2025 | 23:25h

Miles de ciudadanos se preguntan tras el apagón eléctrico generalizado si pueden reclamar por los daños sufridos, como la pérdida de alimentos congelados o la imposibilidad de coger un transporte. Sin embargo, la respuesta, de momento, es complicada.

SIN CAUSAS CLARAS, NO HAY RESPONSABILIDADES


Según ha explicado el portavoz de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), Enrique García, todavía no se conocen las causas del apagón, por lo que "no se pueden determinar responsabilidades".

En principio, todo apunta a que se trata de una circunstancia de fuerza mayor, una situación extraordinaria e imprevisible que, en términos generales, exime a las empresas de responsabilidad por la falta de prestación de servicios.

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LIMITACIONES EN LAS RECLAMACIONES POR SERVICIOS CANCELADOS


Si finalmente se confirma que el apagón fue causado por una fuerza mayor, los consumidores no podrán reclamar indemnizaciones por los servicios no prestados. Eso sí, tampoco estarán obligados a pagar por ellos.

En el caso de cancelaciones de viajes en tren o avión debido al apagón, las empresas de transporte no están obligadas a pagar penalizaciones, tal como establece el reglamento europeo en casos de circunstancias extraordinarias.

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DERECHOS DEL CONSUMIDOR EN CASO DE CANCELACIONES


Aunque no haya derecho a indemnización, los consumidores sí tienen derecho al reembolso del billete o a ser recolocados en otro medio de transporte de forma inmediata y de acuerdo con su conveniencia.

Además, quienes se hayan visto atrapados en transportes durante el apagón, como en vagones de tren, tienen derecho a recibir asistencia, que incluye comida, bebida y, si fuera necesario, alojamiento.

OTROS SERVICIOS AFECTADOS TAMBIÉN ESCAPAN A LA RECLAMACIÓN


Los consumidores afectados por fallos en servicios bancarios, pagos o compras tampoco podrán reclamar indemnizaciones por estos daños debido a la naturaleza extraordinaria de la situación.

Eso sí, existe un sistema de compensación automática previsto para el suministro eléctrico. Según la OCU, aunque la devolución económica por las horas sin suministro será mínima, los consumidores podrán recibir una pequeña compensación reglada.

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Aunque todo indica que se trata de un caso de fuerza mayor, la OCU recomienda a los afectados acumular todas las pruebas posibles de los daños sufridos, como alimentos descongelados o electrodomésticos averiados por subidas de tensión tras la recuperación de la luz.

También aconsejan revisar los contratos de seguros del hogar, ya que algunos incluyen coberturas específicas para daños accidentales por cortes de luz.

Finalmente, la OCU solicita que los especialistas de la red eléctrica y de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) investiguen a fondo las causas del apagón. Solo a partir de esa investigación se podrá determinar si existe un posible responsable y, en consecuencia, la posibilidad de exigir responsabilidades.

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