Más de 14 años de prisión para unos padres por intentar matar a su bebé porque no dejaba de llorar
Han sido condenados por homicidio en grado de tentativa y maltrato habitual tras causar graves lesiones a su hija de apenas dos meses
EFE | Mallorca, 11 de Abril de 2025 | 14:31h

La Audiencia de Córdoba ha dictado sentencia condenatoria para una pareja que intentó matar a su bebé de entre dos y tres meses de edad, que sufría un llanto constante debido a su nacimiento prematuro a las 28 semanas. La condena establece una pena de 14 años y 3 meses de prisión para cada uno de los acusados. La pareja ha permanecido en prisión provisional desde marzo de 2023.
La sentencia, que fue hecha pública este viernes por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), detalla que ambos acusados, actuando de común acuerdo y conscientes de la indefensión de su hija, causaron diversas lesiones graves a la menor. La bebé fue atendida en el Hospital Universitario Reina Sofía de Córdoba, gracias a la intervención de su abuela paterna, madre del padre ahora condenado.
La abuela encontró al bebé con la cara hinchada y heridas en los ojos que le impedían abrirlos, solo un mes después de haber sido dada de alta tras el nacimiento prematuro. La bebé estaba bajo el cuidado de la pareja en su hogar cuando ocurrieron los hechos.
HECHOS RECONOCIDOS EN LA SENTENCIA
El tribunal ha probado que la madre y el padre sometieron a su hija a torsiones y fuertes tirones de las extremidades, además de golpearla reiteradamente en diversas partes de su cuerpo. Los golpes en la cara fueron propinados con el fin de callar el llanto de la niña, lo que generó un grave riesgo para su vida.
Por estos hechos, ambos acusados han sido condenados por un delito de homicidio agravado en grado de tentativa, con la agravante de parentesco, imponiéndoseles 11 años y 3 meses de prisión. Además, se les condena por maltrato habitual en el ámbito de la violencia doméstica a tres años de cárcel.
El tribunal ha decidido también imponerles la prohibición de comunicarse y acercarse a menos de 500 metros de la menor por un periodo de 15 años en relación con el homicidio y 6 años más por maltrato. Ambos también han sido inhabilitados para el ejercicio de la patria potestad, tutela, guarda o acogimiento durante 5 años.
SITUACIÓN DE RIESGO Y MEDIDAS DE PROTECCIÓN
La Audiencia de Córdoba ha determinado que la menor estuvo en una situación de riesgo y desamparo desde el 28 de enero de 2023 hasta el 6 de marzo de 2024. A pesar de las alegaciones de las defensas, la menor fue declarada en situación de desamparo por la Consejería de Inclusión Social, Juventud e Igualdad de la Junta de Andalucía el 8 de marzo de 2023, lo que dio lugar a su acogimiento familiar urgente.
Además de las penas de prisión, la pareja ha sido condenada a indemnizar a la Junta de Andalucía con 15.079 euros en concepto de responsabilidad civil. La sentencia también absuelve a los acusados de los cargos de asesinato en grado de tentativa, lesiones agravadas, abandono de familia y contra la salud pública que habían sido imputados por el Ministerio Fiscal. Esta resolución judicial se encuentra pendiente de ser recurrida ante el TSJA.







