La tasa de basuras es obligatoria desde hoy para municipios de más de 5.000 habitantes
En caso de alquiler, el inquilino sería el obligado al pago, no el propietario
EFE | Mallorca, 10 de Abril de 2025 | 07:47h

Los ayuntamientos españoles con más de 5.000 habitantes están obligados desde este jueves a aplicar la nueva tasa de basuras. Se trata de un tributo destinado a cubrir los costes de recogida, transporte y tratamiento de los residuos sólidos urbanos, cuya implementación dependerá de los criterios que fije cada municipio.
OBLIGATORIA TRAS LA LEY DE RESIDUOS DE 2022
Aunque algunos municipios ya aplicaban una tasa similar, la novedad es que ahora su aplicación es obligatoria. Esta medida llega tres años después de la entrada en vigor de la Ley 7/2022, sobre residuos y suelos contaminados para una economía circular. Esta norma transpone al ordenamiento jurídico español una directiva europea de 2018 que marca objetivos concretos: alcanzar un 55 % de reutilización y reciclaje de residuos urbanos para 2025, y llegar al 65 % en 2035.
El nuevo tributo se basa en el principio de “quien contamina, paga”. No obstante, la normativa no fija los criterios para su aplicación, por lo que cada ayuntamiento podrá definir cómo calcular el importe a cobrar. Las cuantías que ya aplican algunos municipios son muy dispares entre sí, aunque la media estimada se sitúa actualmente en torno a los 80 euros anuales.
Según datos de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), en algunos municipios el importe es fijo, pero en la mayoría varía en función de distintos factores: valor catastral, ubicación de la vivienda, número de personas empadronadas o incluso el consumo de agua.
TASAS AJUSTADAS A SITUACIONES PERSONALES Y FAMILIARES
Además, la normativa permite aplicar tarifas diferenciadas para colectivos en riesgo de exclusión social o con situaciones particulares. Se podrán tener en cuenta criterios como los ingresos del hogar, la situación laboral (desempleados, pensionistas), familiar (familias numerosas) o personal (personas con discapacidad). También se podrá contemplar la ubicación del inmueble.
Tampoco hay un calendario unificado para el inicio del cobro. Cada consistorio podrá decidir el plazo de implementación. En el caso del Ayuntamiento de Madrid, por ejemplo, ya ha anunciado que los primeros recibos se enviarán a partir del mes de julio.
Lo que sí establece con claridad la ley es quién debe pagar la tasa: el ocupante del inmueble, ya que es quien recibe el servicio de recogida y tratamiento de residuos. Esto significa que, en caso de alquiler, el inquilino sería el obligado al pago, no el propietario.
POLÉMICA MUNICIPAL Y POLÍTICA EN TORNO A LA NUEVA TASA
La entrada en vigor de este tributo ha generado controversia a nivel municipal. El secretario general de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), Luis Martínez-Sicluna, ha criticado la norma, calificándola de “regulación defectuosa” por dar lugar a desigualdades entre ayuntamientos.
Desde el ámbito del consumo, la OCU ha pedido que el modelo sea cómodo y justo para los usuarios, evitando exigencias como la compra de bolsas específicas o sistemas excesivamente complicados, y que se diseñe una tasa lo más individualizada posible.
A nivel político, el debate también está abierto. El PSOE y otros partidos de izquierdas apoyan la medida como forma de incentivar una gestión más eficiente de los residuos y penalizar a quienes no reciclan correctamente. Por su parte, el Partido Popular logró aprobar en el Senado una proposición para modificar la ley, con el objetivo de eximir a los ayuntamientos de la obligatoriedad de aplicar esta tasa.